Teodoro A. Dehesa, gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Veracruz Llave, a sus habitantes, sabed: que la H. Legislatura del mismo, se ha servido expedir la siguiente ley: "Número 21.-- La H. Legislatura del Estado libre y soberano de Veracruz Llave, en nombre del pueblo, decreta: ley reglamentaria de las oficinas del registro civil y de los cementarios del Estado. Capítulo I. Disposiciones generales. Art. 1° Habrá un juez principal del estado civil en cada Cantón y auxilares del mismo en las cabeceras municipales
Dehesa, Teodoro A., 1848-1936
Teodoro A. Dehesa, gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Veracruz Llave, a sus habitantes, sabed: que la H. Legislatura del mismo, se ha servido expedir la siguiente ley: "Número 21.-- La H. Legislatura del Estado libre y soberano de Veracruz Llave, en nombre del pueblo, decreta: ley reglamentaria de las oficinas del registro civil y de los cementarios del Estado. Capítulo I. Disposiciones generales. Art. 1° Habrá un juez principal del estado civil en cada Cantón y auxilares del mismo en las cabeceras municipales - Xalapa-Enriquez : s.n., 1897. - 17 p. ; 19.5 cm.
Texto a renglón seguido con paginación en números arábigos
Derecho civil
Teodoro A. Dehesa, gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Veracruz Llave, a sus habitantes, sabed: que la H. Legislatura del mismo, se ha servido expedir la siguiente ley: "Número 21.-- La H. Legislatura del Estado libre y soberano de Veracruz Llave, en nombre del pueblo, decreta: ley reglamentaria de las oficinas del registro civil y de los cementarios del Estado. Capítulo I. Disposiciones generales. Art. 1° Habrá un juez principal del estado civil en cada Cantón y auxilares del mismo en las cabeceras municipales - Xalapa-Enriquez : s.n., 1897. - 17 p. ; 19.5 cm.
Texto a renglón seguido con paginación en números arábigos
Derecho civil