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Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto N. 22. Artículo único. Se autoriza al gobierno para que haga los gastos necesarios en formar y litografiar los planos topográficos que ha mandado levantar en los pueblos del Estado, consultando la posible economía. Lo tendrá entendido el gobernadro del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 13 de septiembre de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 14 de 1848

Juárez, Benito, 1806-1872

Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto N. 22. Artículo único. Se autoriza al gobierno para que haga los gastos necesarios en formar y litografiar los planos topográficos que ha mandado levantar en los pueblos del Estado, consultando la posible economía. Lo tendrá entendido el gobernadro del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 13 de septiembre de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 14 de 1848 - Oaxaca : 1848. - [1] h. ; 20 cm.

Texto a renglón seguido. Sello en tinta de la Biblioteca Pública del Estado de Oaxaca, Oax.

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Derecho civil