Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 48. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Las informaciones de pobreza se recibirán solo te los jueces de primera instancia con citación del promotor fiscal de hacienda... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 30 de septiembre de 1850... Por tanto mando, se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, octubre 1° de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, octubre 1° de 1850.
Juárez, Benito, 1806-1872
Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 48. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Las informaciones de pobreza se recibirán solo te los jueces de primera instancia con citación del promotor fiscal de hacienda... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 30 de septiembre de 1850... Por tanto mando, se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, octubre 1° de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, octubre 1° de 1850. - Oaxaca : 1850. - [1] h. ; 20 cm.
Texto a renglón seguido. Sello en tinta de la Biblioteca Pública del Estado de Oaxaca, Oax.
61 obras
Derecho civil
Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 48. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Las informaciones de pobreza se recibirán solo te los jueces de primera instancia con citación del promotor fiscal de hacienda... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 30 de septiembre de 1850... Por tanto mando, se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, octubre 1° de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, octubre 1° de 1850. - Oaxaca : 1850. - [1] h. ; 20 cm.
Texto a renglón seguido. Sello en tinta de la Biblioteca Pública del Estado de Oaxaca, Oax.
61 obras
Derecho civil