Disertacion histórico-legal, ó, Discursos juridico-políticos sobre que segun leyes de estos reynos los monges ó religiosos profesores en religion aprobada, cuyos monasterios, ó conventos son capaces de adquirir en comun no pueden heredar ni sus monasterios en su nombre abintestato, á los padres, hermanos y parientes de los monges ó religiosos: que los vinculos, mayorazgos, fideicomisos, capellanias laycas, patronatos, laycos, legados pios y annoos, que poseia el monge ó religioso quando [sic] entró en religion, vacan luego que profesan, y pasan el siguiente en grado, sin el monasterio pueda retener un instante posesion ni usufructo: sucediendo lo mismo con los que vacasen despues de profeso, y cuya posesion pasaría al monge si estuviera en el siglo: y ultimamente sobre que el monasterio no puede succeder [sic] en los bienes que eran propios del reliogioso al tiempo de su profesion, si no dispuso á su favor de ellos (Registro nro. 1078040)
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000 -Líder | |
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Campo fijo de descripción | 020680000a22001810004500 |
035 ## - Número de control del sistema | |
Número normalizado para informes técnicos | 1110 |
041 0# - Idioma | |
Código de idioma para texto/pista de sonido o título separado | spa |
100 1# - Autor personal | |
Nombre personal | Pastor, Julián Hilarión |
245 10 - Título y mención | |
Título | Disertacion histórico-legal, ó, Discursos juridico-políticos sobre que segun leyes de estos reynos los monges ó religiosos profesores en religion aprobada, cuyos monasterios, ó conventos son capaces de adquirir en comun no pueden heredar ni sus monasterios en su nombre abintestato, á los padres, hermanos y parientes de los monges ó religiosos: que los vinculos, mayorazgos, fideicomisos, capellanias laycas, patronatos, laycos, legados pios y annoos, que poseia el monge ó religioso quando [sic] entró en religion, vacan luego que profesan, y pasan el siguiente en grado, sin el monasterio pueda retener un instante posesion ni usufructo: sucediendo lo mismo con los que vacasen despues de profeso, y cuya posesion pasaría al monge si estuviera en el siglo: y ultimamente sobre que el monasterio no puede succeder [sic] en los bienes que eran propios del reliogioso al tiempo de su profesion, si no dispuso á su favor de ellos |
Mención de responsabilidad, etc. | su autor el Dr. D. Julian Hilarion Pastor del Gremio y Claustro de la Universidad de Alcalá de Henares Abogado del ilustre Colegio de esta villa de Madrid, y Regidor de su Ayuntamiento, y su Comisario de propios y de retasas de casas por nombramiento especial de la real persona, y electo fiscal del crimen de la Real Audiencia de Manila en las Islas Filipinas |
260 ## - Pie de imprenta | |
Lugar de publicación, distribución, etc. | Madrid |
impresor/editor | por D. Joachin Ibarra, impresor de Cámara de S. M. |
Fecha de publicación, distribución, etc. | 1785 |
300 ## - Descripción física | |
Extensión | [3] h. 206 p. |
Otros detalles físicos | il. |
Dimensiones | 4° |
500 ## - Nota general | |
Nota General | Incluye escudo en grabado calcográfico. Encuadernación en piel sobre cartón. Sello en tinta de José Fernando Ramírez. Sello en tinta de la Biblioteca Pública del Estado de Durango |
650 10 - Tema general | |
Tema | Derecho eclesiástico |
740 0# - Título alternativo | |
Título relacionado o analítico no controlado | Discursos juridico-políticos |
949 ## - Localización | |
Localización | CR. 2045 |
942 ## - Acervo | |
Acervo | Biblioteca Pública Central del Estado de Durango. Lic. José Ignacio Gallegos Caballero. Colección José Fernando Ramírez |
943 ## - Nombre completo del Acervo | |
Nombre completo del Acervo | Biblioteca Pública Central del Estado de Durango. Lic. José Ignacio Gallegos Caballero. Colección José Fernando Ramírez |
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