Decreto por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo siguiente. Núm. 6. El congreso séptimo constitucional del Estado libre de Oaxaca para celebrar dignamente el tan importante y fausto, como memorable suceso del restablecimiento del sistema federal, por el que los Estados o partes integrantes de la nación recobran su independencia, libertad y soberanía relativa a su gobierno interior, y deseando dar un testimonio plausible de que usa de sus eminentes prerogativas con preferencia a favor de los desgraciados, pero sin destrimento de la seguridad pública y de la moral, se ha servido expedir el decreto que sigue. Art. 1° Se indulta de la pena que por sus delitos merezcan, a los reos presos que están a disposición de los tribunales del Estado, comprendiéndose en esta gracia los que estén rematados y se hallen cumpliendo sus condenas en el mismo Estado... Y para que llegue a noticia de todos, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, diciembre 1° de 1846 (Registro nro. 1121004)
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Campo fijo de descripción | 017860000a22001810004500 |
035 ## - Número de control del sistema | |
Número normalizado para informes técnicos | 108 |
041 0# - Idioma | |
Código de idioma para texto/pista de sonido o título separado | spa |
100 1# - Autor personal | |
Nombre personal | Arteaga, José Simeón |
245 10 - Título y mención | |
Título | Decreto por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo siguiente. Núm. 6. El congreso séptimo constitucional del Estado libre de Oaxaca para celebrar dignamente el tan importante y fausto, como memorable suceso del restablecimiento del sistema federal, por el que los Estados o partes integrantes de la nación recobran su independencia, libertad y soberanía relativa a su gobierno interior, y deseando dar un testimonio plausible de que usa de sus eminentes prerogativas con preferencia a favor de los desgraciados, pero sin destrimento de la seguridad pública y de la moral, se ha servido expedir el decreto que sigue. Art. 1° Se indulta de la pena que por sus delitos merezcan, a los reos presos que están a disposición de los tribunales del Estado, comprendiéndose en esta gracia los que estén rematados y se hallen cumpliendo sus condenas en el mismo Estado... Y para que llegue a noticia de todos, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, diciembre 1° de 1846 |
260 ## - Pie de imprenta | |
Lugar de publicación, distribución, etc. | Oaxaca : 1846. |
300 ## - Descripción física | |
Extensión | [1] h. pleg. ; 20 cm. |
500 ## - Nota general | |
Nota General | Texto a renglón seguido |
501 ## - Encuadernado con | |
Nota de Contenido | 119 obras |
650 10 - Tema general | |
Tema | Derecho civil |
852 ## - Ubicación | |
Ubicación | Universidad Autónoma "Benito Juárez" de Oaxaca, Biblioteca Francisco de Burgoa, Colección Lic. Benito Juárez García 8249-O |
942 ## - Acervo | |
Acervo | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García |
943 ## - Nombre completo del Acervo | |
Nombre completo del Acervo | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García |
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