Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 12. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Arículo 1° Las viudas y huérfanas de los que hayan muerto en Teotitlan, Tehuantepec y esta capital en defensa de las legítimas autoridades, gozarán de una pensión vitalicia que satisfará el tesoro del Estado. Los que se consideren con derecho a disfrutar la indicada pensión, lo justificarán ante el gobierno del mismo, quien conforme a lo prevenido en las leyes generales, designará las cantidades a que sean acreedores... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 7 de diciembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 7 de diciembre de 1847 (Registro nro. 1121056)
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000 -Líder | |
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Campo fijo de descripción | 016230000a22001810004500 |
035 ## - Número de control del sistema | |
Número normalizado para informes técnicos | 136 |
041 0# - Idioma | |
Código de idioma para texto/pista de sonido o título separado | spa |
100 1# - Autor personal | |
Nombre personal | Juárez, Benito, 1806-1872 |
245 10 - Título y mención | |
Título | Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 12. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Arículo 1° Las viudas y huérfanas de los que hayan muerto en Teotitlan, Tehuantepec y esta capital en defensa de las legítimas autoridades, gozarán de una pensión vitalicia que satisfará el tesoro del Estado. Los que se consideren con derecho a disfrutar la indicada pensión, lo justificarán ante el gobierno del mismo, quien conforme a lo prevenido en las leyes generales, designará las cantidades a que sean acreedores... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 7 de diciembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 7 de diciembre de 1847 |
260 ## - Pie de imprenta | |
Lugar de publicación, distribución, etc. | Oaxaca : 1847. |
300 ## - Descripción física | |
Extensión | [1] h. ; 20 cm. |
500 ## - Nota general | |
Nota General | Texto a renglón seguido |
501 ## - Encuadernado con | |
Nota de Contenido | 119 obras |
650 10 - Tema general | |
Tema | Derecho civil |
852 ## - Ubicación | |
Ubicación | Universidad Autónoma "Benito Juárez" de Oaxaca, Biblioteca Francisco de Burgoa, Colección Lic. Benito Juárez García 8249-Pp |
942 ## - Acervo | |
Acervo | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García |
943 ## - Nombre completo del Acervo | |
Nombre completo del Acervo | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García |
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