Resolucion universal sobre el sistema económico y político mas conveniente á España: demostracion del gobierno, y medios adequados para su perpetua felicidad. Creacion permanente de fondos auxilîares, con utilidad de todo el cuerpo nacional. Reglas é instrucciones oportunas para su establecimiento y perfeccion / su autor el Licenciado Don Francisco Xavier Peñaranda y Castañeda.
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se manda guardar y cumplir la expedida por la Cámara en cinco de marzo de mil setecientos y sesenta, y la resolucion á su consulta de veinte y dos de cotubre de mil setecientos setenta y quatro declarando el fuero que debian gozar los individuos de la Real Maestranza de Valencia, y que fuese extensivo á las de Granada y Sevilla
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se declara por punto general que á los que exercen algun oficio de República no les exime en manera alguna de los cargos y obligaciones de que deba responder, como otro qualquiera de los demas individuos de Ayuntamiento, el obtener y servir empleo en qualquier ramo del real servicio, ni el fuero que les corresponda, con lo demas que se expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se manda observar y guardar en la cobranza de derechos en los pescados de las pesquerias de estos reynos, á distincion de los estrangeros, las declaraciones que van insertas, con lo demas que expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se manda guardar y cumplir la resolucion inserta tomada á consulta de la Junta General de Comercio y Moneda, para que tenga efecto el tanteo de lanas concedido á los fabricantes de paños y demas texidos de lanas de estos reinos en la conformidad que se expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se mandan observar en la renovacion anual de los vales reales de tesorería las reglas que van insertas
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Breve de Ntro. Muy Santo Padre Pio VI por el qual establece su Santidad una alternativa en los oficios de provincial, colegas, difinidores, y otros, que se ha de observar por los religiosos mínimos de San Francisco de Paula de la Provincia de las dos Castillas, con lo demas que en él se expresa, expedido á instancia de S. M.
por Pío VI, papa, 1717-1799 -
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se manda guardar, cumplir y observar con la mayor exâctitud el tratado de paz y comercio ajustado entre esta monarquía y el Imperio Otomano, y que se proceda en los casos que ocurran con arreglo á su literal tenor, castigando rigurosamente á los contraventores, en la conformidad que se expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se manda, que para evitar en adelante las malas conseqüencias que pueden resultar de la facilidad en franquear auxilio militar á qualquiera que lo pida, sin distinguir clases de gentes, ni motivos, ningun oficial, sargento, cabo, ni otro individuo del exército, inclusos los cuerpos de Casa Real, pueda prestar dicho auxilio sino en los casos y forma que se expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se manda observar y guardar las reglas insertas para la completa instruccion y decision de los expedientes que se han promovido sobre derechos de portazgo, pontazgo, barcaje y otros de esta clase, con lo demas que se expresa
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Real Provision de los señores del Consejo, por la qual se manda que en el abasto de carnes no se celebre mas que un remate con señalamiento de dia, fixacion de edictos, anticipacion y expresion de condiciones con lo demas que se expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se manda observar y guardar el Breve inserto expedido por su Santidad, en que se concede facultad para testar á los religiosos que sirvan de capellanes en el exército y armada
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Real Provision de los señores del Consejo, por la qual se manda observar y guardar la Instruccion inserta para gobierno de los censores régios de todas las universidades del reyno y desempeño de su encargo con lo demas que expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se exhorta a los MM. RR. Arzobispos, RR. Obispos y demás prelados eclesiásticos, establezcan en sus respectivas diócesis y territorios la práctica que se observa en el arciprestazgo de Ager del principado de Cataluña en quanto á los requisitos que deben preceder para contraer matrimonio los hijos de familia
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se observar y guardar los capítulos insertos de la Real Pragmática sobre la extincion de los llamados gitanos, y la Real Solucion que se cita dirigida á preservar de insultos los caminos y pueblos, con lo demas que expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se manda observar y guardar el Breve inserto expedido por su Santidad, en que se establece una Congregacion nacional de las Cartuxas de España con un vicario general regnícola, independiente del prior capítulo de Grenoble, con lo demas que expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se manda observar la ley veinte y tres, titulo siete, libro primero de la Recopilacion en quanto á que no se vendan libros que vengan de fuera del reyno en qualquier idioma, y de qualquier materia que sean, sin que primero se presente un exemplar en el Consejo, y se conceda licencia para su introducion ó venta, con lo demás que se expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se ordena en conformidad de la Resolucion inserta lo que deben observar los jueces ordinarios y gefes militares en el arresto y castigo de los reos que cometieron algun desacato contra ellos, con lo demas que se expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se manda cumplir, y guardar las dos resoluciones insertas sobre que los alumnos de los colegios de educacion, no puedan contraer matrimonio, ni ligarse para ello sin la real licencia: entendiendose lo mismo con los individuos de uno y otro sexo, que estén en universidades, seminarios, ò casas de enseñanza, erigidos con autoridad pública: todo en la conformidad que se expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se declara en favor de todas las mugeres del reino la facultad de trabajar en la manufactura de hilos, como en todas las demas artes en que quieran ocuparse y sean compatibles con el decoro y fuerzas de su sexo, con lo demas que se expresa
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual se declara que para el exercicio de qualesquiera artes y oficios no ha de servir de impedimento la ilegitimidad que previenen las leyes, subsistiendo para los empleos de jueces y escribanos lo dispuesto en ellas, en la conformidad que se expresa
Resolucion universal sobre el sistema económico y político mas conveniente á España: demostracion del gobierno, y medios adequados para su perpetua felicidad. Creacion permanente de fondos auxilîares, con utilidad de todo el cuerpo nacional. Reglas é instrucciones oportunas para su establecimiento y perfeccion / su autor el Licenciado Don Francisco Xavier Peñaranda y Castañeda.
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Peñaranda y Castañeda F. J., .Resolucion universal sobre el sistema económico y político mas conveniente á España: demostracion del gobierno, y medios adequados para su perpetua felicidad. Creacion permanente de fondos auxilîares, con utilidad de todo el cuerpo nacional. Reglas é instrucciones oportunas para su establecimiento y perfeccion / su autor el Licenciado Don Francisco Xavier Peñaranda y Castañeda. en Madrid : en la imprenta de don Benito Cano, 1789: .
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Peñaranda y Castañeda Francisco Javier, .Resolucion universal sobre el sistema económico y político mas conveniente á España: demostracion del gobierno, y medios adequados para su perpetua felicidad. Creacion permanente de fondos auxilîares, con utilidad de todo el cuerpo nacional. Reglas é instrucciones oportunas para su establecimiento y perfeccion / su autor el Licenciado Don Francisco Xavier Peñaranda y Castañeda. en Madrid : en la imprenta de don Benito Cano, 1789: .
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Peñaranda y Castañeda F. J., .Resolucion universal sobre el sistema económico y político mas conveniente á España: demostracion del gobierno, y medios adequados para su perpetua felicidad. Creacion permanente de fondos auxilîares, con utilidad de todo el cuerpo nacional. Reglas é instrucciones oportunas para su establecimiento y perfeccion / su autor el Licenciado Don Francisco Xavier Peñaranda y Castañeda. en Madrid : en la imprenta de don Benito Cano, 1789: .
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Peñaranda y Castañeda Francisco Javier, .en Madrid : en la imprenta de don Benito Cano, 1789: . .