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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 17.- El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se indulta de la pena capital al reo Guillermo José, natural del pueblo de San Antonio de la Cal, cunmutándose en la de diez años de presidio en el establecido por decreto de diez y nueve de agosto de mil ochocientos cuarenta y ocho. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado, y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 14 de agosto de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 16 de agosto de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, agosto 16 de 1850

Por: Idioma: Español Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.Descripción: [1] h. ; 20 cmTema(s):
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Texto a renglón seguido. Sello en tinta de la Biblioteca Pública del Estado de Oaxaca, Oax.

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