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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 20. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo sigue. Artículo único. No están comprendidos entre los empleados de que habla el art. 4° del decreto de 23 de julio último los sargentos y cabos de la guardia nacional del Estado. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 19 de agosto de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, 20 de agosto de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, agosto 20 de 1850

Por: Idioma: Español Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.Descripción: [1] h. ; 20 cmTema(s):
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Texto a renglón seguido. Sello en tinta de la Biblioteca Pública del Estado de Oaxaca, Oax.

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