Artículo 7° de la Constitucion de Jalisco. El Estado fijará y costeará todos los gastos necesarios para la conservacion del culto - Guadalajara : imprenta del C. Mariano Rodriguez, 1824. - 8 p. ; 4° Subjects--Topical Terms: Derecho civil Dewey Class. No.: FR/PAFX/IMPS/C074/02198