Arancel de los honorarios y derechos judiciales que se han de cobrar en el departamento de Guanajuato, por los secretarios y empleados de su Tribunal Superior, jueces de primera instancia, alcaldes, jueces de paz, escribanos, abogados, procuradores de número o apoderados particulares, y demás curiales o personas que pueden intervenir en los juicios; mandado observar por la Suprema Corte de Justicia de la República Mexicana, conforme a lo prevenido en el art. 55 de la ley de 23 de mayo de 1837
- Edición del periódico oficial
- Guanajuato : imprenta del estado a cargo de Rafael Martínez, 1883.
- 34 p. ; 19 cm.
Texto con signaturas. Sello en tinta del Lic. Gustavo Centeno, Querétaro