TY - GEN TI - Secretaría del Gobierno Constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca. Sección 3°.- Hacienda. El ciudadano gobernador del Estado se ha servido dirigirme en la fecha, el decreto que sigue: "Porfirio Díaz, gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: Que en uso de las facultades de que me hallo investido por el decreto de 10 de diciembre de 1881, he tenido a bien decretar lo siguiente: Artículo 1° Desde el 1° de abril del presente año, los efectos del Estado que a continuacion se expresan, quedarán exentos de todo derecho. Costales de ixtle, ceñidores, cotones de lana,c antinas de cuero y latón... CY - Oaxaca : s.n., 18-- KW - Derecho civil N1 - Falta portada. Datos tomados del incipit opus. Texto a renglón seguido con paginación en números arábigos; 5 obras ER -