Juárez, Benito, 1806-1872

Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 32 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Los diputados y senadores de la próxima legislatura constitucional, disfrutarán en el tiempo de las sesiones ordinarias o extraordinarias, la indemnización de ciento cincuenta pesos mensuales. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 15 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario - Oaxaca : s.n., 1849. - 1 h. ; 20.5 cm.

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