Decreto emanado por el ciudadano Ramon Ramirez de Aguilar, gobernador interino del estado libre y soberano de Oajaca... Art. 1° Los licores estrangeros que se consuman en cualquiera punto del estado fuera de la capital pagarán diez pesos por cada barril ó su equibalente siendo encajonado... Oajaca 9 de diciembre de 1833
- Oajaca : s.n., 1833.
- 1 h. ; (30 x 21 cm.)
Texto a renglón seguido
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