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Dn. Rapháel Thomás Menendez de Luarca, por la gracia de Dios, y de la Santa Sede Apostolica, Obispo de Santadér, y del Consejo de S. M. A todos los residentes, y que por el tiempo, abaxo expresado, residieren en su Diocesis, salud en la unica salud de todos, Christo Jesus. Con fecha de 28 del próximo pasado febrero se nos comunicó, de órden del Supremos Consejo de Castilla, un breve del Summo Pontifice, Vicario de Christo en la Tierra, Pio VI, expedido a 14 del ultimo enero en la cartuxa de Florencia; por el qual S. Beatitud, movido á suplicas de nuestro catholico monarca, y a causa de haversele representado por parte de S. M., que con motivo de la guerra, en que al presente se hallan, con los ingleses estos reynos, la pesca salada, de que en tiempos de absistencia suelen comer principalmente los pobres, y los regulares; ó falta absolutamente, ó no se encuentre sino a precios exorbitantes; se digna, cometer a los obispos, y mas ordinarios eclesiásticos de los lugares de España, y sus islas Canarias, que provean lo en el caso conveniente a la seguridad de las conciencias; mandado... Santander 27 de abril de 1799. Raphael Thomás ob. de Santander. Por mandado de S. S. I. el obispo mi Señor. D. Agustin Diego Fernandez por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1799.
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Constituciones synodales del obispado de Venezuela, y Santiago de Leon de Caracas. Hechas en la santa Iglesia Catedral de dicha ciudad de Caracas, en el año del Señor de 1687 por el ilustrísimo, y reverendissimo, Señor Doctor Don Diego de Baños, y Sotomayor, Obispo de dicho obispado, del Consejo de su Majestad, su predicados, y capellán de honor, &c. y aprobadas por la Majestad del Señor Rey Don Carlos Segundo. Año de 1698 por
Edición: Reimpresas en el reynado del Señor Don Carlos Tercero año de 1761 siendo Obispo el ilustrísimo señor Don Diego Antonio Diaz Madroñero Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : en la imprenta de Joseph Rico, impresor del Real, y Supremo Consejo de Indias, 1761.
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Informe que dieron los señores D. José Ruiz de la Barcena, comisario de guerra honorario, D. José María de Echabe y teniente coronel D. Gregorio Saenz de Sicilia, prior y cónsules del Real Tribunal del Consulado de México al Exmo. Sr. D. Juan Ruiz de Apodaca, virey gobernador y capitán general de esta Nueva España, contestando á una representación suscrita por doscientos veinte y nueve vecinos de Veracruz, que pretendieron se abriera aquel puerto al comercio directo con extrangeros amigos ó neutrales contra el dictamen de su consulado, de su junta de gobierno y de otros muchos vecinos de la propia ciudad / escrito por el Lic. D. Basilio de Arrillaga, ex-rector del Ilustre y Real colegio de Abogados de esta N. E. y asesor y secretario de gobierno del referido Real Consulado de esta capital por Idioma: Español
Detalles de publicación: Mexico : oficina de D. Juan Bautista de Arizpe, calle de la Monterilla, 1818.
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Señor, el Doctor Don Miguèl Bentura Gallo de Pardiñas, prebendado de la santa Iglesia Metropolitana de Mexico, y su poder-aviente en esta corte, dice: que entre las diferentes dependencias, que le han traìdo à estos reynos, pertenecientes à su Iglesia (de que tiene hecha expression en otro memorial, y califican los poderes que hà presentado) la que principalmente obligò à esta resolucion, y como tal le merece el mayor cuidado, es la de la competencia con el reverendo arçobispo, sobre pretender se dè a su provisor, que actualmente es, y en adelante fuere, el lugar immediato al dean, siempre que assista à el coro de aquella santa Iglesia, haziendo à este fin la declaracion, ò extension, que mas convenga, sobre la ley 15 tit. II. libr. I. de la Recopilacion de Indias... Es copia del puesto en manos de su Magestad en 12 de agosto de 1725 acompañado de la ereccion de la Santa Iglesia por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1725.
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Por el dean, y cabildo de la santa Iglesia Cathedral Metropolitana de Mexico. Sobre que sus prebendados se mantengan en sus asientos en el coro, segun la ereccion de ella, sin que deba incorporarse el provisor, que no fuere prebendado, en fuerça de la ley real de Indias; como ni en otro acto, en que aya forma de cabildo. Motivos porque contradixo el lugar, que violenta, y atentadamente pretendiò el provisor el dia del corpus 15 de junio del año passado de 1724 estandose actualmente viendo el punto en el real acuerdo extraordinario. Formo esta defensa de mandato de dicho señor dean, y cabildo el Doctor Don Francisco Rodriguez Navarijo, Doctor en ambos derechos, abogado de esta Real Audiencia, y de presos del Santo Oficio de la Inquisicion de la Nueva-España, y cathedratico de visperas de leyes en su Real Universidad, y prebendado de la misma santa Iglesia Metropolitana... Mexico y julio 20 de 1724. Doct. D. Francisco Rodriguez Navarijo por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1724.
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Catalogo de los colegiales del Insigne, Viejo y Mayor de Santa María de Todos Santos, que el Illmô. Señor Dr. Don Francisco Rodriguez Santos colegial en el Mayor de Santa Cruz de Valladolid, canónigo de los primitivos y tesorero de México, provisor y gobernador de su arzobispado, ordinario del Santo Oficio de la Inquisicion, rector de la Real y Pontifica Universidad, del Consejo de S. M., obispo de Guadalaxara en la Nueva Galicia, fundó en México á 15 de agosto de 1573 años, con una breve noticia del orígen y fundacion del Colegio, y de los empleos honoríficos que cada uno de sus individuos ha obtenido hasta la presente. Hecha en el año de 1796 por Idioma: Español
Detalles de publicación: en México : por Don Mariano Jospeh de Zúñiga y Ontiveros, calle del Espíritu Santo, en dicho año [i.e. 1796].
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El Rey. Por quanto con el fin de evitar los contratos de esponsales, y matrimonios, que se executaban por los menores, é hijos de familias sin consejo de sus padres, abuelos, deudos, ó tutores, de que resultaban graves ofensas á Dios nuestro Señor, discordias en las familias, escandalos, y otros gravisimos inconvenientes en lo moral, y político, tuve por conveniente establecer en estos mis reynos, y dominios de España la pragmatica sancion de veinte y tres de marzo de mil setecientos setenta y seis, que es del tenor siguiente... En la ciudad de México a tres de junio de mil setecientos ochenta y dos por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1782-1783
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11572.
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Nos el Dr. D. Alonso Nuñez de Haro y Peralta, por la gracia de Dios, y de la santa sede apostólica arzobispo de México, del Consejo de S. M. &c. A todos nuestros amados jueces eclesiasticos, curas propios seculares y regulares, interinos, coadjutores, vicarios, y de pie fixo, tenientes de cura, clerigos de qualesquier órdenes, pretendientes á ellos, y á todas las demás personas de nuestro arzobispado, á quienes lo contenido en este edicto toque ó tocar pueda en alguna manera, salud paz y gracia en nuestro Señor Jesuchristo. Por quanto habiendose dignado nuestro augusto y piadoso monarca (que Dios prospere) aprobar por su Real Cédula de 28 de marzo de este presente año las constituciones que formamos para el mejor régimen y govierno del Real Colegio Seminario de instruccion, retiro voluntario, y correccion para el clero secular, que hemos erigido en el Pueblo de Tepotzotlán; y habiendo nos dispuesto (entre otras cosas) en la constituciones 26, 28, y 30, en conformidad á lo ordenado por S. M. y establecio por los sagrados cánones, que todos los clérigos ordenados de este arzobispado (excepto los que hagan constar ser actualmente colegiales del Mayor de Santos, Real de S. Ildefonso, Real y Pontificio Seminario, y excepto tambien los del Real de S. Juan de Letran, Real de S. Francisco Xavier de Querétaro, y Colegio de los Infantes de Nra. Sra. de la Asuncion y S. Jospeh) han de estar precisamente seis meses, á lo menos, continuos ó interpolados en este Seminario de Tepotzotlán, para que en él sean instruidos en las funciones propias del alto ministerio á que aspiran... Dado en nuestro Palcio Arzobispal de la Ciudad de México, firmado de Nos, sellado con el sello de nuestras armas, y refrendado del infrascrito nuestro Secretario de Cámara y Govierno, á diez ocho dias del mes de diciembre de mil setecientos setenta y siete años. Alonso Arzobispo de México. por
Edición: s.l. : s.n., ca. 1777. Idioma: Español
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Nos D. Francisco Antonio Lorenzana, por la gracia de Dios, y de la santa sede apostólica arzobispo de la santa Iglesia de Toledo, primada de las Españas, chanciller mayor de Castilla, del Consejo de S. M. &c. A nuestro Consejo de la Gobernacion, vicarios generales de Toledo, y Alcalá, y á los demas vicarios de partidos de este nuestro arzobispado: salud en nuestro Señor Jesu-Christo. Antes de emprender una obra, se forman las ideas, no dexando á el acaso su disposicion, sino arreglando el edificio en la mente, antes de que se coloquen las piedras, ó se abran los cimientos. Esto mismo debemos proponernos antes de extender algun decreto para el gobierno de esta metrópoli: prevenir materiales, tomar informes, y arreglar el plan segun las reglas mas acomodadas para la observancia de la disciplina eclesiástica, y mas fácil, y pronta administracion espiritual... En nuestro Palacio Arzobispal de Toledo á quince dias del mes de octubre de mil setecientos setenta y dos. Francisco, Arzobispo de Toledo por Idioma: Español
Detalles de publicación: impreso en Madrid y por su original en México : en la imprenta del Lic. D. Joseph de Jauregui, en la calle de San Bernardo, ca. 1772
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Nos el Dr. D. Luis Fernando de Hoyos Mier, dean dignidad de la Stá. Iglesia Cathedral Metropolitana, comissario subdelegado general, juez apostolico principal de la Stà. Cruzada en este arzobispado, &c. Una de las principales atenciones, que hacen el fondo de nuestro ministerio apostolico, y real, es la de solicitar por los medios mas eficacez, y possibles hacer participantes á los fieles vivos, y difuntos del thesoro de indulgencias, privilegios, indultos, y demàs apreciables gracias, que tan liberal, y piadosamente les hà franqueado la Santa Sede Apostolica en las quatro bulas de vivos, y difuntos, composicion, y lacticinios conseguidas à instancia de nuestros catholicos monarchas para toda la vasta extension de sus dominios; en cuyo espiritual beneficio, especialmente por lo respectivo á este arzobispado nos hemos interessado con tan constante esfuerzo... Mexico diez y ocho de diciembre de mil setecientos sesenta y siete. Dr. D. Luis Fernando de Hoyos. Por mandado de su Señoria Juan Joseph de Zarazua. Notario mayor. por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l : s.n., ca. 1767.
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Nos el presidente y cabildo sede vacante de la santa Iglesia Metropolitana de Mexico, á todos los fieles de esta arzobispado salud en nuestro Señor Jesuchristo. Despues de un año, que por disposicion del altísimo nos hallamos encargados del gobierno de la Metrópoli de la Iglesia Mexicana, y en que la vigilancia y esmero pastorales, con que hemos procurado alimentar, cuidar y mantener el numeroso rebaño de esta vastísima diocesis, tenian fatigado nuestro espíritu, y cansadas nuestras débiles fuerzas, el Dios de toda consolacion nos acaba de embiar muy abundante, recreando y refocilando [sic] maravillosamente nuestro ánimo por la augusta mano de su fiel siervo, nuestro católico monarca el Señor Don Carlos IV insigne protector de la Iglesia romana, nuestra comun madre y maestra, y singularísimo patrono de las de esta Ámerica. La real orden de 9 de enero de este año que vamos á publicar, comunicada á su Consejo de Indias, y de este Tribunal Supremo a nos, para que exhortemos inmediatamente a nuestros súbditos á su mas puntual y exâcto cumplimiento... Dada en la Sala Capitular de la Santa Iglesia Metropolitana de México á 21 de julio de 1801. Dr. Juan Francisco Campos <rúbrica> Lic. y Mtro. Juan Antonio Bruno <rúbrica>. Lic. Joseph Cayetano Foncerrada <rúbrica>. Francisco Ignacio Rodriguez Gomez Pedroso <rúbrica>. Por mandado del Illmô. y Venerable Sôr. Presidente y Cabildo Sede Vacante. Dr Joseph Mariano Beristain canónigo secretario <rúbrica> por Idioma: spa ; lat
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1810
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Edicto que se publico en la ciudad de Mexico en 14 de abril de 1647. Nos Fray Juan de Paredes, predicador general de la Orden de Santo Domingo, prior de su Convento Real de la Ciudad de Mexico, y maestro Fray Augustin Godinez, difinidor, y elector del capitulo general de dicha orden, juezes apostolicos conservadores, en virtud de Bulas, y letras apostolicas en el negocio, y causa de que se harà mencion, &c. A los vezinos, y moradores de la dicha ciudad de Mexico, y su arçobispado, y de la de los Angeles, y su obispado estantes, y habitantes en ellos... Hazemos saber que nuestro muy santo Padre Gregorio Dezimo tercio de feliz recordacion rigiendo nuestra santa madre Iglesia, por sus Bulas dadas en Roma, una en 25 de mayo de mil y quinientos y sete[n]ta y dos, y otra en veinte, y quatro de octubre de mil y quinientos y setenta y nueve: y en co[n]formidad de la concedida por la santidad de Pio Quinto su antecessor, por las justas causas, que en ellas se refieren, y estar la religion de la Compañia de Jesus, en cuyo favor se expedieron, y sus bienes libres, y exemptos de la jurisdiccion de los ordinarios, y estar recebidos debaxo de la immediata proteccion del Sumo Pontifice, y Sede Apostolica, les diò facultad de nombrar juezes conservadores à qualquiera persona constituida en dignidad eclesiastica, ò à qualquiera otra, aunque sea secular, como tenga algun orden clerical, y sea soltero, que assistiessen a la eficaz defensa de la dicha religion, para que ella, y sus Colegios no fuessen en manera alguna injustamente molestados, ò les hiziessen daños ò injurias... Dado en la Ciudad de Mexico à treze de abril de mil y seiscientos y quarenta y siete años. Sellado, y refrendado con el sello de nuestro oficio. por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1647.
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