Resultados
|
141.
|
|
Por don Gonzalo Daza, y Peso de Guzman, Regidor de la ciudad de Avila, y su Procurador de Cortes, y consortes. Con Don Pedro Mexia de Tobar Conde de Molina. Sobre que se revoque la sentencia del Alcalde don Sebastian de Carvajal, en que condemnò a doña Mariana Daza, doña Isabel Vallejo, y don Gonzalo Daza a la restitucion del dicho oficio de Regidor, con todos los emolumentos, segun en la dicha sentencia mas largamente se contiene
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
142.
|
|
|
|
143.
|
|
|
|
144.
|
|
|
|
145.
|
|
Al mui ilustre señor Don Antonio de Luna Enriquez, cavallero de la Orden de Santiago, del Consejo de su magestad en el real i supremo de Castilla. Mucho se deve a los desvelos del estudio: pero a mi ver, mucho mas al que co[n] braço discreto, i fuerte, alentò á la perseverancia, al que en desmaio de desesperacion faltò a la ocupacion estudiosa; porque si el que se desvela, se turba, mortal fin se experimenta en sus trabajos; pero si en la congoja de la desconfiança, halla un amparo valiente, que le cobre de las perdidas fuerças, resucita tan brioso, que ia no parece que experimenta fatales parasismos de desmaios, sino que fue traza de la vida mostrase mortal para que luciera mas altamente en braços de su valedor
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
146.
|
|
|
|
147.
|
|
|
|
148.
|
|
Informe de los fundamentos y derechos que justifican la sentencia que diò el Doctor D. Iuan de Aguirre, canonigo de la Santa Iglesia de Mexico, en el pleyto que se siguiò de palabra de casamiento entre Antonia de Torres, y Antonio Pedrique. En la demanda, y pleyto que a seguido Nicolas de Aragon, y Moncada, Padre de Antonia de Torres, contra Antonio Pedrique, sobre que cumpliese la palabra de casamiento que diò a la susodicha en cuya fé, el dicho Antonio Pedrique la sacò de su casa y se la llevò à la de Iuan Pedrique su padre, donde la tuvo escondida algunos dias y goço carnalmente, y le quitò su virginidad; se declarò no aver sido palabra de casamiento la que se alegò, y suponiendo que lo ubiese sido por libre a dicho Antonio Pedrique de su obligacion, por los fundamentos que se expressaràn, aviendose referido, y reconocido los que faborecen la accion, y demanda del susodicho.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
149.
|
|
Informes, que parecen en los autos de govierno del pleito de diezmos, remitidos al Consejo por algunos prelados, y ministros, de oficio, y en respuesta de cedulas reales, que para ello se les despachò, con algunos testimonios de las haziendas que en aquella sazon tenian las religiones. Copia de un capitulo, que el virrey de la Nueva España, don Martin Enriquez, escriviò à su Magestad en 30 de marzo de año de 1577.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
150.
|
|
Por el insigne consejo General de la ciudad de Valencia con los prohombres del quitamento de la dicha ciudad. Pretende el Consejo que se confirme la sentencia de la Real Audiencia de Valencia publicada en treinta y uno de mayo passado de 1645 en que se declarò, que la instancia hecha por los iurados, y proho[m]bres, para que el consejo General fuesse obligado a aprovar los capitulos del Quitamento que en virtud de su poder avian dispuesto los iurados, no procedia de derecho, y se mandò repeler, y especialmente se declarò que la provision de las plaças de los prohombres, que vacassen por muerte o renunciacion, pertenecia al Consejo General, el qual pretende tambien confirmacion de otra sentencia, publicada por la Real Audiencia en 15 de iunio del mismo año de 645 en que se mandaron repeler las nulidades questas a la de 31 de mayo.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
151.
|
|
|
|
152.
|
|
Por Ioseph de Pastrana, y Maria Martinez su muger, vezinos de la villa de Budia. Con Iuan de Mayor, y Ana Serrano su muger, vezinos de la dicha villa. La pretension de Ioseph de Pastrana, y su muger, es, que han de ser condenados los dichos Iuan de Mayor, y su muger, à estar y passar por la escritura de transaccion que otorgaron pendie[n]te el pleyto sobre la nulidad de la escritura de donacion, que la dicha Ana Serrano avia hecho y otorgado en favor del dicho Ioseph de Pastrana, y su muger, absolviendoles y da[n]doles por libres de la demanda contra ellos puesta por la dicha Ana Serrano.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
153.
|
|
|
|
154.
|
|
|
|
155.
|
|
|
|
156.
|
|
|
|
157.
|
|
|
|
158.
|
|
Por Don Iuan de Guzman y Luna con los naturales del corregimiento y provincia de Tarama y Chichacoya, en el Pirù, y el señor fiscal, que ha salido a su defensa. La pretension del dicho don Iuan de Guzmanes, que sin embargo de la segunda suplicacion interpuesta por parte de los dichos naturales, se ha de confirmar la sentencia de revista de la Real Audiencia de la ciudad de Lima, confirmatoria de la vista en que se declarò, y dio por ninguna la escritura de fianza otorgada por el dicho don Iuan de Guzman, por don Andres de Hermosilla Corregidor que fue de la dicha provincia en favor de los dichos naturales, y caxas de sus comunidades, dando por libre de la dicha fianza al dicho don Iuan, y a sus bienes, reservado el derecho de los dichos naturales contra los que huviesse lugar de derecho, que la dicha reserva viene a ser contra los oficiales reales que recibieron la dicha fianza.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
159.
|
|
Por Ivan de Lago de Ane, regidor de la ciudad de Santiago, y depositario de la Inquisicion de Galicia. Con don Gonzalo de Valladares Sarmiento, señor de Fasinañes en el dicho reyno de Galicia. Sobre la execucion que pretende el dicho Iuan de Lago, se ha de hazer contra la persona, y bienes del dicho don Gonçalo de Valladares, por los catorze mil docientos y noventa y dos reales, que fue el precio en que dixo el dicho Iuan de Lago le comprò una escritura de censo que tenia sobre el cabildo de Astorga, de quantia de quatrocientos y noventa y dos mil maravedis de principal y los reditos, costas, y daños que se le siguieron en averle salido a la dicha venta.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
160.
|
|
|