Resultados
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14321.
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Memorial ajustado de la causa criminal, que a instancia del ilustrisimo señor D. Pedro Rodriguez Campomanes, fiscal del Consejo, y en virtud de decreto de éste en el extraordinario de 21 de diciembre de 1766 ha substanciado, en calidad de comisionado, el señor Don Agustin de Leyza, del Consejo de S. M. en el de Hacienda, sobre la voluntaria delacion, que en 28 de octubre de 1766 hizo al Excmo. Sr. Conde de Aranda por escrito, y firmada de su mano el doctor Don Benito Navarro, abogado de los Reales Consejos, suponiendo, que D. Juan de Baranchan era el autor del papel intitulado el contra-bando, y otros satyricos, pero habiendo resultado en el progreso de la causa, y por declaracion del delator ser falsa dicha delacion, y dirigida por algunos regulares de la compañia, se continuaron los procedimientos contra el referido D. Benito Navarro, natural de la ciudad de Sevilla, de estado soltero, su edad 36 años Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : por Joachin Ibarra, se hallara en las librerias de Ulloa, calle de la Concepcion Geronyma, 1768.
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14322.
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Real Cedula de su Magestad, a consulta del Consejo, aprobado la propuesta hecha por Don Pedro Pradez, para hacer a su costa, y la de su compañia, un canal de riego, y navegacion, con las aguas de los rios Castril, Guardal, y otros, para que se puedan regar, y hacer fecundos los campos de Lorca, Totana, y demás del reyno de Murcia, en la forma que se expresa por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : en la imprenta de Don Antonio de Sancha, 1774.
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14325.
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Real Ordenanza para el règimen, y govierno de la cria de cavallos de raza en los reynos de Andalucia, el de Murica, y provincia de Estremadura, uso del garañon en las dos Castillas, y demas incidencias relativas á este ramo. Dada en 25 de abril de 1775 por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : en la imprenta de Don Pedro Marin, impresor del Real, y Supremo Consejo de Guerra ; se vende en esta corte en la libreria de Pedro Martinez, calle de las Carretas, y en las capitales, y cabezas de partido á cargo de los corregidores, por precio de quatro reales de vellon á beneficio del real fisco de guerra, 1775?
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14326.
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Ordenanza de S. M. en que se previene, y establece el recogimiento de vagos, y mal-entretenidos, por medio de levas anuales, y se encarga á las justicias ordinarias, salas, y audiencias criminales el orden judicial, que deben observar, y los quatro depósitos, á donde deben remitirse los que fueren aptos para las armas: derogando todo fuero, y ordenanzas contrarias á lo que se dispone en ésta, con lo demás que en ella por menor se expresa por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : en la imprenta de Pedro Marin, 1775.
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14327.
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Escritura de concordia, otorgada por el Sr. D. Joaquin Antonio de la Quintana y Echeverria, dignidad de Capiscol, y canónigo magistral de la Santa Iglesia de Toledo, primada de las Españas, en su nombre, y del estado eclesiástico del arzobispado, sobre la colectacion, cobranza, y paga de la gracia del escusado por quatro años, que, en quanto á frutos, empezó á correr, y contarse desde primero de enero de este año de mil setecientos setenta y cinco: siendo sus primeras pagas en fin de junio, y diciembre de mil setecientos setenta y seis, y así sucesivamente en cada un año hasta la última en fin de diciembre de mil setecientos setenta y nueve Idioma: Español
Detalles de publicación: Madrid : por D. Joaquin Ibarra impresor de Cámara de S. M., 1775.
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14329.
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14330.
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Pragmatica-sancion a consulta del Consejo, en que S. M. establece lo conveniente, para que los hijos de familiar con arreglo á las leyes del reyno pidan el consejo, y consentimiento paterno, antes de celebrar esponsales, haciendo lo mismo en defecto de padres à las madres, abuelos, ó deudos mas cercanos, y á falta de ellos hábiles à los tutores, y curadores, baxo de las declaraciones, y penasque expresa por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : en la imprenta de Pedro Marin, 1776.
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14331.
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14332.
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Enterado de la forma con que hasta ahora se ha exigido el derecho de la media-annata à todos los provistos en empleos de mi real servicio, y de que conforme al capítulo veinte y seis de las reglas de su establecimiento, muchos ministros, y dependientes de mis tribunales, la satisfacen por entero, quando son promovidos de un Consejo à otro, y de una plaza a otra, sin tener en consideracion la que antes pagaron por el primer empleo, mandé formar una junta de ministros de práctica, è inteligencia, para que teniendo presente lo que importa el situado de los juros consignados sobre el producto del derecho de medias-anntas, y lo que sobre todo disponen las reglas establecidas, me expusiesen su dictamen, con el fin de tomar una resolucion, que cortáse los contínuos recursos que hacen los agraciados á nuevos empleos de igual, ó mayor dotacion que la tenian antes, pidiendo relevacion de este decreto... En el Pardo à veinte y nueve de enero de mil setecientos setenta y siete. A Don Miguel de Muzquiz. Es copia del Real Decreto de su Magestad, que original queda en la Secretaría del Consejos de Hacienda de mi cargo. Madrid veinte y dos de febrero de mil setecientos setenta y siete por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1777.
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14333.
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Real Decreto en que S. M. ha resuelto ampliar la concesion del comercio libre, contenida en decreto de 16 de octubre de 1765 instruccion de la misma fecha, y demás resoluciones posteriores, que solo comprehendieron las islas de Barlovento, y provincias de Campeche, Santa Marta, y Rio del Hacha, incluyendo ahora la de Bueno-Ayres, con internacion por ella à las demás de la America Meridional, y extension á los puertos habilitados en las costas de Chile, y el Perú, &c. expedido en 2 de febrero de 1778 por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : por Juan de San Martin, impresor de la Secretaría de Estado, y del Despacho Universal de Indias, 1778.
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14334.
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14335.
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El Rey. Por quanto con el fin de evitar los contratos de esponsales, y matrimonios, que se executaban por los menores, á hijos de familias sin consejo de sus padres, abuelos, deudos, ó tutores, de que resultaban graves ofensas á Dios nuestro Señor, discordias en las familias, escandalos, y otros gravisimos inconvenientes en lo moral, y politico, tuve por conveniente establecer en estos mis reynos, y dominios de España la pragmatica-sancion de veinte y tres de marzo de mil setecientos setenta y seis, que es del tenor siguiente.= Don Carlos, por la gracia de Dios, rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias... En consecuencia de esta mi real determinacion mando a mis virreyes, á los presidentes, á las audiencias, á los gobernadores, y á los demas jueces, y ministros mios de los expresados reynos de las Indias, á quienes corresponda, y ruego, y encargo á los muy reverendos arzobispos, y reverendos obispos de ellos, y a sus provisores, y vicarios generales, la guarden, cumplan, y executen, y hagan guardar, cumplir y executar puntualmente en la parte que á cada uno tocara. Fecha en [el Pardo] à [siete] de [abril] de mil setecientos setenta y ocho [Yo el Rey - por mandado del Rey nuestro señor - Miguel de Sn. Martien Cueto]. Para que se publique, y tenga efecto en las Indias, en los terminos que se expresa, la Real Pragmatica que se inserta, á fin de que los hijos de familia no contraigan esponsales, ni matrimonios sin el consentimiento de sus padres, parientes, ó tutores por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1778.
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14336.
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14338.
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Real Cedula de S. M. y señores del Consejo, por la qual, en consequencia de lo que dispone la ley 62 tit. 18 lib. 6 de la Recopilacion, se manda cortar el abuso de la inobservancia que ha tenido hasta aqui, y que se guarde, y cumpla por aora en la parte en que prohibe la introduccion en estos reynos de toda especie de vestidos, ropas interiores, y exteriores, de la calidad, y uso que se refieren, y lo demás que para su entero cumplimiento se expresa por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : en la imprenta de Pedro Marin, 1779.
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14339.
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14340.
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