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Resultados de búsqueda para 'ccl=pl:"Oaxaca : 1847."', página 2 de 2
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Autores
Arteaga, José Simeón
Juárez, Benito, 1806...
Pérez, Marcos
Tipos de ítem
Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García
Temas
Derecho civil
Su búsqueda retornó 30 resultados.
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21.
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 8. El congreso séptimo contitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Artículo único. El gobierno del Estado puede llevar por sí la correspondencia oficial con los de los otros Estados, RR. obispos, provisores, comandantes generales, comisarios de la federación y regente de la corte de justicia, siempre que las comunicaciones no envuelvan órdenes o providencias de que habla el art. 149 de la constitución... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca, a 9 de noviembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 10 de noviembre de 1847
por
Juárez, Benito, 1806-1872
Idioma:
Español
Detalles de publicación:
Oaxaca : 1847.
Disponibilidad:
No hay ítems disponibles.
22.
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 9. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° El gobierno dispondrá el cumplimiento de la ley de 3 de junio último, de conformidad con lo prevenido en la de 19 de octubre de este año... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 15 de noviembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 16 de noviembre de 1847
por
Juárez, Benito, 1806-1872
Idioma:
Español
Detalles de publicación:
Oaxaca : 1847.
Disponibilidad:
No hay ítems disponibles.
23.
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 10. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se admiten las renuncias que han hecho de fiscal de la corte de justicia del Estado y de ministro suplente de la misma, los licenciados ciudadanos José María Nuñez y Manuel Ruíz... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 20 de noviembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 22 de noviembre de 1847
por
Juárez, Benito, 1806-1872
Idioma:
Español
Detalles de publicación:
Oaxaca : 1847.
Disponibilidad:
No hay ítems disponibles.
24.
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 11. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se faculta ampliamente al ejecutivo para que prepare y haga la defensa del Estado, y conserve a todo trance la tranquilidad y orden público, pudiendo proporcionarse recursos para los objetos indicados... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 21 de noviembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 22 de noviembre de 1847
por
Juárez, Benito, 1806-1872
Idioma:
Español
Detalles de publicación:
Oaxaca : 1847.
Disponibilidad:
No hay ítems disponibles.
25.
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 12. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Arículo 1° Las viudas y huérfanas de los que hayan muerto en Teotitlan, Tehuantepec y esta capital en defensa de las legítimas autoridades, gozarán de una pensión vitalicia que satisfará el tesoro del Estado. Los que se consideren con derecho a disfrutar la indicada pensión, lo justificarán ante el gobierno del mismo, quien conforme a lo prevenido en las leyes generales, designará las cantidades a que sean acreedores... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 7 de diciembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 7 de diciembre de 1847
por
Juárez, Benito, 1806-1872
Idioma:
Español
Detalles de publicación:
Oaxaca : 1847.
Disponibilidad:
No hay ítems disponibles.
26.
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 13. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Las pensiones de montepio que actualmente disfrutan las viudas de D. Agustin Fagoarga, D. Juan Ignacio Nuñez y D. Luis Lopez de Ortigosa, empleados que fueron de la aduana de esta ciudad, se pagarán desde 1° de enero del año entrante de 1848 por las rentas del Estado... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 16 de diciembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, diciembre 20 de 1847
por
Juárez, Benito, 1806-1872
Idioma:
Español
Detalles de publicación:
Oaxaca : 1847.
Disponibilidad:
No hay ítems disponibles.
27.
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 14. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° La clase de soldados de la guardia nacional del Estado, disfrutará desde el día 1° de enero de 1848, el haber mensual de diez pesos, reformándose en esta parte el art. 6° del decreto de 13 de agosto de 1846... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 17 de diciembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, diciembre 20 de 1847
por
Juárez, Benito, 1806-1872
Idioma:
Español
Detalles de publicación:
Oaxaca : 1847.
Disponibilidad:
No hay ítems disponibles.
28.
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 15. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. único. Se concede a Da. Micaela Herrera, por los servicios que prestó su finado esposo D. José Domingo Nuñez en favor del Estado y de la independencia, una pensión vitalicia de diez pesos mensales [sic]... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 24 de diciembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, diciembre 27 de 1847
por
Juárez, Benito, 1806-1872
Idioma:
Español
Detalles de publicación:
Oaxaca : 1847.
Disponibilidad:
No hay ítems disponibles.
29.
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 16. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Para subvenir a las urgentes atenciones del erario en las presentes circunstancias en que debe preparse la defensa del Estado para repeler la invasión extranjera, se establece una contribución extraordinaria que se pagará únicamente por cuatro meses, contados desde 1° de enero de 1848, en la forma que se expresa en los artículos siguientes... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 24 de diciembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, diciembre 27 de 1847
por
Juárez, Benito, 1806-1872
Idioma:
Español
Detalles de publicación:
Oaxaca : 1847.
Disponibilidad:
No hay ítems disponibles.
30.
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que por el Ministerio de relaciones interiores y exteriores se ha dirigido a este gobierno del decreto que sigue. Ministerio de Relaciones Interiores y Exteriores. El Escmo. Sr. presidente de la república, se ha servido dirigirme el decreto que sigue: Manuel de la Peña y Peña, presidente de la suprema corte de justicia, encargado del poder ejecutivo de la Unión, a todos los habitantes de la República, sabed: que en atención a no haberse verificado en algunos Estados las elecciones prescritas por la ley de 3 de junio de este año, para la renovación de los supremos poderes legislativo y ejecutivo de la federación; con el objeto de que cuanto antes se verifiquen estos actos importantísimos y se establezca en la época designada el periodo constitucional, y en uso de las facultades extraordinarias que para la conservación de las instituciones y la defensa de la nacionalidad, se concedieron al ejecutivo en 20 de abril último, y de la atribución que al mismo confiere el artículo 4° de la citada ley electoral, ha tenido a bien decretar lo siguieute (sic): Artículo 1° En todos los Estados donde no se hubieren verificado las elecciones de presidente, diputados y senadores en los días fijados en la ley 3 de junio último, se repetiran éstas, procediéndose al nombramiento de electores primarios sólo en aquellos puntos de su territorio donde no se hubieren nombrado electores secundarios el día establecido por la ley... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Querétaro, a 19 de octubre de 1847... Y para que tenga su más puntual y exacto cumplimiento, mando se imprima, publique y circule a quienes corresponda. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, noviembre 2 de 1847
por
Juárez, Benito, 1806-1872
Idioma:
Español
Detalles de publicación:
Oaxaca : 1847.
Disponibilidad:
No hay ítems disponibles.
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