Resultados
|
201.
|
|
|
|
202.
|
|
|
|
203.
|
|
|
|
204.
|
|
El distinguido, y respetable cuerpo de los ministros, y de que se componen los tribunales, que tengo establecidos dentro, y fuera de la corte, me ha merecido en todos tiempos una particular atencion, como que tengo depositada en ellos la jurisdiccion, y assegurada en su prudencia, juicio, y literatura la recta administracion de justicia a mis cassallos, y conservacion de los derechos y regalìas de mi corona. Y enterado de la cortedad de sueldos, que en lo general gozan, y deseando, que ningun motivo pueda desviarlos, ni interrumpirlos de un tan grande, y digno objeto como en de su instituto: He resuelto dotarlos proporcionadamente (sin embargo de los atrasos de la corona, y de los crecidos gastso, que ha ocasionado la guerra) para que puedan mantenerse con la decendia y authoridad que corresponde al ministerio... y comunicareis copia de este Real Decreto, y Plan, que acompaña, à los Consejos de Castilla, Indias, Ordenes, y Hacienda, a la Thesoreria General, y à las chancillerias, y audiencias, para su inteligencia, y cumplimiento, en la parte que à cada uno toca. En el Pardo á [doce] de Enero de 1763. = Al Marquès de Squilace por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1763.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
205.
|
|
Real Instruccion, y reglamento general, que S. M. manda observar en la nueva iluminacion de faroles uniformes que han de servir al pùblico en todas las calles, y plazas de Madrid, por los seis meses de invierno, desde primero de octubre, hasta fin de marzo de cada año. En consequencia del Real Decreto de S. M. expedido en este dia, sobre el establecimiento de una nueva iluminacion de la corte, que ha de empezar en primero de octubre de este año, se ha dignado aprobar los articulos siguientes, para que, conforme à ellos, se govierne este ramo de policía... Palacio treinta de marzo de mil setecientos sesenta y cinco. El Marquès de Grimaldi. Es copia del original, que se halla en la secretaria de estado por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1765.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
206.
|
|
|
|
207.
|
|
|
|
208.
|
|
Pragmatica sancion, que su Magestad ha mandado publicar, para que en todos sus dominios se observe la nueva declaracion, y ley inserta, sobre que ningun juez pueda disponer del quinto de los bienes de los que mueren abintestato [sic] absolutamente, ni entrometerse à hacer inventario con este motivo, por deber los parientes succeder en esta parte de bienes con la carga de funeral y demás sufragios correspondientes, en la forma que se dispone por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : en la oficina de D. Antonio Sanz, impresor del Rey Nuestro Señor, y su Consejo, 1766.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
209.
|
|
Auto-acordado de los señores del Consejo, consultado con su Magestad, por el qual se anulan las bajas de abastos hechas ó que se hicieren en los diferentes pueblos del reyno por asonada, ó alboroto, é igualmente los perdones ó indultos concedidos ó que se concedieron por los magistrados, ó ayuntamientos ó otros qualesquier, por ser regalía inherente á la real y sagrada persona de S. M. (en cuya declaracion de nulidad no se comprehende el de Madrid) y se prescribe tambien la intervencion, que el comun debe tener por medio de sus diputados y su síndico personero en el manjeo de abastos, para facilitar su tráfico, y comercio, á fin de que por medios legales se pueda precaver con tiempo todo desorden de los concejales por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : en la oficina de Don Antonio Sanz, impresor del Rey Nuestro Señor, y su Consejo, 1766.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
210.
|
|
Don Carlos por la gracia de Dios, rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Jerusalèn, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia... a los de mi Consejo, presidentes, y oidores de las mis Audiencias, y Chancillerias... Sabed, que por el fiscal de mi Consejo se hicieron presentes en el los inconvenientes, que resultaban de la practica introducida en las recusaciones vagas, que se proponian voluntariamente por los interesados en los respectivos juicios ordinarios...Y habiendose visto en el mi Consejo este asunto, y tratadose con la madurez, y reflexion que pide, reconociendo su importancia, y la necesidad de providencias sobre ello su remedio, proveyò el auto del tenor siguiente. En la villa de Madrid a trece de mayo de mil setecientos sesenta y seis, los señores del Consejo de S. M. dixeron: que para evitar los graves perjuicios, que se experimentan, por la facilidad, y buso de admitirse en los juzgados ordinarios de estos reynos recusaciones vagas de abogados asesores, dilatando por este medio malicioso la breve expedicion de las causas... Y para que se cumpla en todos mis reynos inviolablemente esta providencia, se acordò expedir esta mi carta: por la qual os mando à todos, y cada uno de vos en los dichos vuestro lugares, distritos, y jurisdicciones, segun dicho es, que luego que la recibais, guardeis, cumplais, y egecuteis el citado auto-acordado inserto... Dada en Aranjuèz à veinte y siete de mayo de mil setecientos sesenta y seis. Yo el Rey.... Es copia del original, de que certifico. Don Ignacio Esteban de Higareda por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1766.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
211.
|
|
Don Carlos, por la gracia de Dios, rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Jerusalèn, de Navarra, de Granada... A los de el nuetro Consejo, presidentes, y oìdores de las nuestras audiencias, y chancillerìas, corregidores, asistente, gobernadores, alcaldes mayores... Sabed, que por parte de los reverendos obispos, y de los venerables deanes y cabildos de las Santas Iglesias de Malaga y Tortosa se acudiò al nuestro Consejo por recurso de fuerza de los autos y procedimientos del Licenciado Don Francisco Saenz de Viniegra... Por la qual mandamos veais la citada nuestra real resolucion, y la observeis, y hagais observar à la letra en los casos que previene, arreglandolos à su tenor y forma, segun y como en ella se contiene, sin contravenirla en manera alguna, y que por el nuestro Consejo se expidan, para su puntual observancia y cumplimiento, todas las ordenes y provisiones, que sean necesarias y convenientes... Dada en Madrid à veinte y uno de junio de mil setecientos sesenta y seis... Es copia del original, de que certifico por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1766.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
212.
|
|
Real Provision de los señores del Consejo, en que a instancia de la nobleza, villa, gremios de Madrid, en quienes se halla refundida la voz comun, se desaprueban las pretensiones introducidas sin legitima personalidad en los bullicios pasados, y declaran por nulas, é ineficaces, como opuestas á las leyes, y constitucion del estado por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : en la oficina de Don Antonio Sanz, impresor del Rey Nuestro Señor, y su Consejo, 1766.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
213.
|
|
|
|
214.
|
|
|
|
215.
|
|
|
|
216.
|
|
|
|
217.
|
|
Real Cedula de su Magestad, a consulta del Consejo, aprobado la propuesta hecha por Don Pedro Pradez, para hacer a su costa, y la de su compañia, un canal de riego, y navegacion, con las aguas de los rios Castril, Guardal, y otros, para que se puedan regar, y hacer fecundos los campos de Lorca, Totana, y demás del reyno de Murcia, en la forma que se expresa por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : en la imprenta de Don Antonio de Sancha, 1774.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
218.
|
|
Real Ordenanza para el règimen, y govierno de la cria de cavallos de raza en los reynos de Andalucia, el de Murica, y provincia de Estremadura, uso del garañon en las dos Castillas, y demas incidencias relativas á este ramo. Dada en 25 de abril de 1775 por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : en la imprenta de Don Pedro Marin, impresor del Real, y Supremo Consejo de Guerra ; se vende en esta corte en la libreria de Pedro Martinez, calle de las Carretas, y en las capitales, y cabezas de partido á cargo de los corregidores, por precio de quatro reales de vellon á beneficio del real fisco de guerra, 1775?
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
219.
|
|
Ordenanza de S. M. en que se previene, y establece el recogimiento de vagos, y mal-entretenidos, por medio de levas anuales, y se encarga á las justicias ordinarias, salas, y audiencias criminales el orden judicial, que deben observar, y los quatro depósitos, á donde deben remitirse los que fueren aptos para las armas: derogando todo fuero, y ordenanzas contrarias á lo que se dispone en ésta, con lo demás que en ella por menor se expresa por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Madrid : en la imprenta de Pedro Marin, 1775.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
|
|
220.
|
|
|