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Informacion juridica recibida en el año de mil quinientos ochenta y dos, con la que se acredita que la Imágen de Maria Santissima, baxo la advocacion de Conquistadora, que se venera en su Capilla del Convento de Religiosos Observantes de San Francisco de la Ciudad de Puebla de los Angeles, es la misma que el Conquistador Hernando Cortés endonó al gran capitan Gonzalo Alxotecatlcocomitzi, Indio del Pueblo de Atlihuetzian de la Feligresia de San Dionysio, en jurisdiccion de Tlaxcalan. Reimpresa a solicitud del cura de dicha Parróquia, Don Joaquin Alexo de Meabe, Colegial antiguo del Exîmio Teojurista de Sr. San Pablo ; y á sus expensas del Presbítero Cazique. D. Mariano Joseph Paz y Sanchez, natural del mismo Atlihuetzian.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: Puebla de los Angeles : en la oficina de D. Pedro de la Rosa, 1804.
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Informe de D. Ambrosio Melgarejo, y Aponte, colegial del ilustre de los comendadores de San Ramon, y su presidente: protector del insigne viejo mayor de santos; oydor fiscal, y alcalde de corte en la Real Audiencia de Guatemala: juez de residencia del excmo. señor duque de Ariòn, marquès de Valero, del tiempo, que sirvió los empleos de virey, governador, y capitan general de esta Nueva-España: y actual fiscal de la real sala del crimen de ella. Sobre no deber gozar de inmunidad Juan de Dios Arevalo, que por el allanamie[n]to hecho entre el juez ecclesiastico, y real, se passò del Convento de San Antonio de Religiosos Dieguinos de la Puebla; y à satisfaccion de ambos juezes se halla assegurado en el Palacio episcopal: por falsario del Real Sello, y firma de S. Mag.d (Dios le guarde) las de los señores del Consejo de Indias, secretario chanciller, y registrador; y deberse inhibir el juez eccleisastico : y no haziendolo declararse por esta Real Audiencia, que haze fuerza en conocer, y pro
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: en Mexico : en la imprenta Real del superior govierno, por los herederos de la viuda de Miguel de Rivera Calderon, 1730.
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Informe del derecho que assiste al Lic. D. Joseph Francisco de Aguirre Espinosa, y Cuevas, regidor de la Nobilissima ciudad , y Abogado de la Real Audiencia de Mexico para que doña Josepha Paula de Cuevas-actual posseedora del Mayorazgo, que fundò Juan de Cuevas, le de para sus alimentos dos mil pesos cada año por tercios adelantados, que se entiendan aver corrido desde el dia 11 de julio de 1740. Meritos con que pide, y suplica, que se confirme en lo favorable , y que se revoque en lo adverso à su petitorio. El Auto pronunciado en 13 de mayo de 1741 por los Señores Presidentes, y Oydores de dicha Real Audiencia. En que se mandò que dicha Doña Josepha le acuda por aora con un mil pesos en cada un año para dichos alimentos, pagados por tercios, que corran desde el dia de la pronunciacion del dicho auto.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: en Mexico : en la imprenta de D. Francisco Xavier Sanchez, 1741.
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Informe de los fundamentos y derechos que justifican la sentencia que diò el Doctor D. Iuan de Aguirre, canonigo de la Santa Iglesia de Mexico, en el pleyto que se siguiò de palabra de casamiento entre Antonia de Torres, y Antonio Pedrique. En la demanda, y pleyto que a seguido Nicolas de Aragon, y Moncada, Padre de Antonia de Torres, contra Antonio Pedrique, sobre que cumpliese la palabra de casamiento que diò a la susodicha en cuya fé, el dicho Antonio Pedrique la sacò de su casa y se la llevò à la de Iuan Pedrique su padre, donde la tuvo escondida algunos dias y goço carnalmente, y le quitò su virginidad; se declarò no aver sido palabra de casamiento la que se alegò, y suponiendo que lo ubiese sido por libre a dicho Antonio Pedrique de su obligacion, por los fundamentos que se expressaràn, aviendose referido, y reconocido los que faborecen la accion, y demanda del susodicho.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
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Informe juridico, legal, manifiesto, y respuesta cabal, por el doctor don Antonio Phelipe Rodriguez, Colegial actual en el Colegio de San Clemente de passantes, de la ciudad de Santiago, reyno de Galicia, al papel, que en el pleyto con el M.R. Arzobispo de dicha ciudad, y otros, sacò à lùz el licenciado Don Isidro Romero de Leys: sobre imcompetencia de jurisdicion del R. arzobispo, excessos por su Illma. executados; reintegracion del dicho Romero en el manto, y beca, de que se hallaba privado; confirmacion de las sentencias dadas contra èl, por dicho colegio, y aprobadas por el visitador, con otras cosas.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1700.
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Informe por doña Francisca de Loya, viuda de Juan de Espinosa, vezina del Real de Minas de señor San Joseph de el Parral pretendiendo se confirme la sentencia pronunciada por el Sr. Provissor, y vicario general de el obispado de Durango, nuevo reyno de la Vizcaya, ldo. D. Pedro Joseph Galindo Vidal, en que declarò, valido, y subsistente, desde su principio, el matrimonio, contrahido por la susodicha, con el capitan de infanteria D. Miguel de Ybarguen, vezino de dicho Real.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: en Mexico : en la imprenta Nueva de los herederos de la viuda de Miguel de Rivera Calderon, 1721.
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Informe de los meritos de justicia, que se promueven por parte del Br. D. Juan Joseph de la Roca Presbytero de este Arzobispado, Albacea Tenedor de Bienes, y Heredero instituido en el Testamento cerrado, y Memoria secreta, que otorgo Doña Josepha Mariafranco Soto, muger lexitima de segundo matrimonio del Coronel don Manuel de Rivas Cacho, Albacea Tenedor de Bienes, y Heredero nombrado en el Testamento nuncupativo de la misma doña Josepha En el pleyto que ambos siguen sobre el valor y subsistencia de los referidos instrumentos. Para que la Real Audiencia se sirva (revocando su sentencia de vista, en que declaro por susbsistente el Testamento segundo nuncupativo) de confirmar la de primera instancia pronunciada por el Sr. Lic. D. Joseph Messia de la Cerda, y Bargas, del Consejo de Magetad, su Alcalde de Corte en la Real Sala de el Crimen de esta Nueva España, y Juez de Provincia en esta Ciudad; en que declaró que la espontanea, premeditada, necessaria, geminada, permanente, piadosa, libr
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: [Mexico] : por la viuda de Don Joseph Bernardo de Hogal, 1753.
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Mas informes hechos a su magestad por minsitros, y prelados, de oficio, y en respuesta de cedulas reales, que para ello se les despachò, sobre la causa de diezmos, que por decreto del consejo de 17 de mayo de 653 y à pedimiento del doctor don Yñigo de Fuentes, se mandaron juntar, y imprimir. Copia de carta è informes que hizo el marques de Montesclaros, virrey del Perù, en primero de abril de 1612, Madrid 4 de noviembre de 1634
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: Madrid : s.n., 1634.
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Informes, que parecen en los autos de govierno del pleito de diezmos, remitidos al Consejo por algunos prelados, y ministros, de oficio, y en respuesta de cedulas reales, que para ello se les despachò, con algunos testimonios de las haziendas que en aquella sazon tenian las religiones. Copia de un capitulo, que el virrey de la Nueva España, don Martin Enriquez, escriviò à su Magestad en 30 de marzo de año de 1577.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
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Por el insigne consejo General de la ciudad de Valencia con los prohombres del quitamento de la dicha ciudad. Pretende el Consejo que se confirme la sentencia de la Real Audiencia de Valencia publicada en treinta y uno de mayo passado de 1645 en que se declarò, que la instancia hecha por los iurados, y proho[m]bres, para que el consejo General fuesse obligado a aprovar los capitulos del Quitamento que en virtud de su poder avian dispuesto los iurados, no procedia de derecho, y se mandò repeler, y especialmente se declarò que la provision de las plaças de los prohombres, que vacassen por muerte o renunciacion, pertenecia al Consejo General, el qual pretende tambien confirmacion de otra sentencia, publicada por la Real Audiencia en 15 de iunio del mismo año de 645 en que se mandaron repeler las nulidades questas a la de 31 de mayo.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
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Institutionum libri quatuor Justiniani
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Latín
Detalles de publicación: Patavii : s.n., 1760.
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