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Introducion [sic] de negros. Domingo Grillo, y Ambrosio Lomelin. Assiento aiustado con el Consejo de las Indias, sobre la introuducion de 24...500 negros, en el discurso de siete años, empeçando desde março de 1663 à razon de 3...500 en cada uno, los 3... para beneficiarlos por su cuenta, y riesgo; y los 500 restantes para el servicio de los astilleros, y fabrica de navios, pagando de derechos à su Magestad en las Indias 100 pesos por cada negro, con diferentes calidades, y condiciones Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 16--
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Aranzel de los jornales, que se han de pagar a los indios assi voluntarios, mingados, alquilas, y agregados à las haziendas de españoles, como mitayos, y de obligacion, en todo genero de trabajo. Mandado ordenar por el Excelentissimo Señor D. Melchor de Navarra, y Rocafull, del Orden de Alcantara, duque de la Palata [sic] de los Consejos de Estado, Guerra de su Magestad, Virrey, governador, y capitan general de estos reynos, en virtud de cedula de su Magestad de 7 de noviembre del año passado de 680. Con parecer, y consulta del real acuerdo de justicia, adonde se viô, por voto consultivo. Y con informes de todos los señores Arzobispos, Obispos, y presidentes deste reyno, y de los corregidores de las provincias por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 16--
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Copia de un informe, que hizo al Excelentissimo Señor Conde de la Moncloa, Virrey del Perù, Don Pedro Antonio del Castillo y San Juan, contador que fuè de Retassas, y tributos de aquel reyno, y tassador general, y repartidor de pleytos de la Audiencia de la Ciudad de los reyes, de las ordenes, motivos, y resoluciones, en virtud de que se hizo numeracion general de indios de aquellos dilatadas provincias, y d elos despachos que se dieron para ello, y para la reintegracion de la mita de los minerales de Guancabelica, y Potosì, y efectos que han resultado de lo uno, y otro Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 16--
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Ordenanzas para el govierno de la labor de monedas, que se fabricaren en la Real Casa de Moneda de Mexico, y demas de las Indias, en quanto fueren adaptables a esta. Ministros, oficiales, y operarios que se han de ocupar; sueldos, que han de gozar, encargos, y obligaciones de cada uno; derechos que se señalan para costéar las labores de las monedas; ensayes, que han de hacerse de ellas, y de las barras, y piezas de oro, y plata; con los demas, que ha de observarse por Idioma: Español
Detalles de publicación: reimpressas con licencias necessarias: En Mexico : en la imprenta de Br. D. Joseph Antonio de Hogal, calle de Tiburcio, 1771.
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[Representación dirigida por la Junta de Fomento e Instrucción Mercántil, á la Honorable Legislatura del Estado. Escmo. Señor. El presidente y demás vocales de la Junta de Fomento, ante V. E. respetuosamente decimos: que por decreto de 17 de junio del presente año dispuso el Escmo. Sr. presidente de la república, en uso de las facultades extraordinarias de que se halla investido, que se impusiese una contribución de un millón de pesos á todos los habitantes de la república, capitalistas, comerciantes, agricultores, mineroso que tengan cualquier empleo, profesión ó industria lucrativa ... Oaxaca, agosto 5 de 1847 Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : s.n.], 1847.
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