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D. Phelipe por la gracia de Dios rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de Jerusalen, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Cordova, de Corcega, de Murcia, de Jaen, de los Algarves de Algecira, de Gibraltar, de las Islas de Canarias, de las Indias Orientales, y Occidentales... Mi virrey, governador, y capitan general de mi reyno, y provincias de Nueva-España, presidente, y oìdores de mi Real Audiencia de Mexico, juezes hazedores, y demàs mis justicias de èl, ante quien esta mi Real Carta Executoria fuere presentada, y pedido su cumplimiento y execucion, sabed que pleyto por via de fuerza se ha seguido, y tratado ante los de mi Consejo de Indias, entre partes de la una el venerable Dean y Cabildo de la Santa Iglesia Metropolitana de essa dicha ciudad, y el de la Santa Iglesia Cathedral de la ciudad de Puebla de los Angeles, y de la otra sagrada religion de la Compañia de Jesus de esse dicho mi reyno, y provincia de Philipinas y el fiscal de mi dicho Consejo sobre la justificacion de los diezmos, q[ue] han adeudado sus casas, y colegios... Dada en Aranjuez, à diez y seis de junio de mil setecientos treinta y seis. Yo el rey. Yo Don Juan Ventura de Maturana, secretario del rey nuestro señor, le hize escrebir por su mandado. El marquès de Velsunce. Don Joseph Cornejo. Don Pedro Domingo de Contreras. Registrado, Francisco de Mello. Por el gran canchiller, Francisco del Mello. En la ciudad de Mexico, en veninte y nueve de octubre de mil setecientos treinta y seis años estando en el Rl. Acuedo los señores presidentes y oidores de la Audie[n]cia Real de la Nueva-España, haviendo visto la Real Cedula de S. M. (Que Dios guarde) por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1736.
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Señor. El Dean, y Cavildo Sedevacante de la Santa Yglesia Cathedral de Antequera valle de Oaxaca, sobre haver admitido à la opposicion de su cano[n]gia magistral vacante, al Doctor D. Juan de Cara, Amo, y Figueroa, presbytero, colegial mayor de el Insigne Colegio viejo de Santos de Mexico, despues de cumplido el termino de los edictos, y començados, ya, pero no consumados los actos del concurso, y sobre no haver otorgado la apelacion, que el Licenciado Don Juan de Oxendi, uno de los opositores interpuso de autho en que se le denegò la suspencion de la votacion, y entrega de el processo original, que pedia para recurrir ante vuestro virrey de Nueva-España como vice-patrono. Informa à V. M. de los motivos de su dictamen... Dr. D. Pedro Lozano, Ldo. D. Antonio de Saldaña, y Ortegs, Ldo. D. Antonio de Medina por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., s.a.
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Parecer sobre la observancia de el [calderón] primero, libro quarto de los estatutos de esta Santa Metropolitana Iglesia de Mexico, que manda ganen los prebendados enfermos, todos los emolumentos de su prebenda, obvenciones, anniversarios, y manuales: y respuesta a los fundamentos de el Señor Doct. Don Joseph de Torres, y Vergara, maestre-escuela de esta Santa Iglesia / por el Doctor Don Luis Umpierres racionero entero de dicha Santa Metropolitana Iglesia por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Mexico : en la imprenta de los herederos de la viuda de Miguel de Rivera, en el Empedradrillo, 1725.
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Señor. El bachiller Don Joseph Ruiz de Aguilera, clerigo presbytero, apoderado de la clerecia del obispado de Yucatàn de las Indias, en los autos con los religiosos de la Observancia de San Francisco, sobre las doctrinas de Mascanu, Vecal, y Calquini, que el reverendo obispo quitò à dichos religiosos, y puso en clerigos seculares: digo, que sin embargo de lo que en contrario se dize, y opone, se ha de servir V- Mag. en justicia, no solo de confirmar el auto proveìdo por el reverendo obispo en 29 de agosto del año passado de 1711 en que puso las doctrinas en la clerecia, sino tambien mandar, que se remuevan y quiten a dichos religiosos las doctrinas y curatos de Teya, Tecanto, Cacalchen, Tecul, y todas las demàs que posseen en dicha provincia, mandando dar possession de todas ellas a los clerigos mis partes, que todo procede, y es de hazer por lo general, favorable, que de los autos resulta, dicho, alegado, y probado ante el reverendo obispo, que reprodugo... Br. D. Joseph Ruiz de Aguilera por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., s.a.
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Por la sagrada provincia de la Charidad de San Hipolyto Martyr de esta Nueva España se informan al Sr. Doct. D. Joseph de Torres, y Vergara, abogado de la Real Audiencia de esta corte, cathedratico jubilado de prima de leyes en la Real Universidad, y chancelario en ella, consultor del Santo Officio de la Inquisicion de este reyno, maestre-escuela de esta Santa Iglesia Cathedral Metropolitana, comissario subdelegado general del Apostolico, y Real Tribunal de la Santa Cruzada, y juez ordinario, visitador de testamentos, capellanias, y obras pias de este arzobispado, &c. Los meritos de justicia que le assiten en el pleyto, que el M. R. P. F. Juan Diaz Lozano, ex-general de dicha provincia, su diffinidor mayor, actual prior del Convento-Hospital del Espiritu Santo, y notario appostolico. En virtud de su poder sigue contra el Real Convento de Santa Clara de Jesus, de la ciudad de Queretaro: sobre que restituya ciertas haziendas, y cassas, con sus fructos, q[ue] por clausula de testamento dejò destinadas Doña Beatriz de Tapia, vezina que fue de dicha ciudad para la fundacion de un Hospital en Aguas-Calientes, y entraron en dicho Real Convento por muerte de Don Diego de Tapia, albacea, y heredero que fue de dicha Doña Beatriz. Para que en vista de los fundamentos juridicos que se exponen se condene â dicho Real Convento à la restitucion de todo lo expressado, y en la conformidad que por la provincia se suplica por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Mexico : en la imprenta nueva de Joseph Bernardo de Hogal, en la calle de la Azequia, puente del Espiritu Santo, 1724.
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Constituciones de el Real Collegio de la Santa Yglesia Metropolitana de Mexico, primeramente hechas, y confirmadas por el Illmo. Señor Doct. Don Francisco de Aguiar y Seyxas (de gloriosa memoria) dignissimo arçobispo de ella, en primero del mes de octubre, del año de 1697 y despues vistas, y reformadas, por el Illtre. Señor venerables dean, y cabildo sede-vacante, de dicha Santa Iglesia, y mandadas imprimir por su señora illustrissima año de 1710. por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1710.
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Don Miguel Moreno Vezares mayordomo administrador de los proprios, y rentas de el Convento de San Juan de la Penitencia de esta ciudad por la Rda. Me. Ursula de San Francisco, abbadeza, vicaria, definidora, mayordoma, contadora y demas religiosas actuales de èl. En el pleyto con los herederos de Don Antonio de Araujo, sobre la liberacion de una fianza. Responde al informe en derecho que han dado. Y alega las razones de justicia q[ue] al Convento asisten. Para que se confirme la sentencia de vista de esta Real Audiencia, en que se condenaron á la paga de la cantidad demandada por Idioma: Español
Detalles de publicación: en Mexico : por Francisco de Rivera Calderon, en la calle de San Augustin, 1721.
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Real provicion sobre carta impresa, su fecha en Mexico a onse de marzo de mil setecientos setenta y seis, de la que se librò en doce de julio de mil setecientos setenta, en assiento a lo que debe observarse en las ynformaciones matrimoniales, como pidio el fiscal de su Mag. en su respuesta incerta. Esta se concibio assi: aunque la ultima de veinte y seis de julio del año proximo anterior, solo se dirije a encargar al actual muy reverendo arzobispo de esta diocesis, disponga que en toda ella se observe la de treinta y uno de agosto de setecientos cincuenta y quatro, como quiera que en esta generalmente se declarò que los curas parrocos de los dominios de las Yndias puedan conforme a las bulas que se incertan, casar a sus feligreses sin licencia de los ordinarios, no siendo vagos, extrangeros o de partes distantes... por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l., 17--.
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