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Don Fernando, por la gracia de Dios, rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Jerusalèn, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia... A los de el mi Consejo, presidentes, y oidores de las mis Audiencias, alcaldes, alguaciles de la mi casa, corte, y chancilleria... que al presente son, y en adelante fueren, à quien lo contenido en esta mi carta toca, ò tocar pueda en qualquier manera: Por quanto haviendo entendido en el año de setecientos y veinte el Rey mi Señor, y Padre, y en el de setecientos veinte y quatro el Rey Don Luis, mi muy caro, y amado hermano (que gozan de Dios) la ninguna enmienda con que se miraba en separarse los militares, assi estrangeros, como naturales de estos mis reynos, de los juegos prohibidos... Por tanto os mando à todos, y cada uno de vos en vuestros lugares, distritos y jurisdicciones, que luego que recibais esta mi carta, veais la expressada mi real deliberacion, y la observeis, por todo... Fecha en Aranjuèz à veinte y dos de junio de mil setecientos cincuenta y seis. Yo el Rey... Es copia del despacho original, de que certifico por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1756.
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Don Francisco Xavier de Chuecos, i Monzon, abogado de los Reales Consejos, corregidor, i capitan a guerra de esta ciudad de Orense, i su tierra por su Magestad, subdelegado de rentas reales en ella, i su provincia &c. Hago saver a la justicia, procurador general, i vecinos de la jurisdiccion de [...] como con carta del señor intendente general de este reyno recivi por el correo ordinario la Real Cedula siguiente- Real Cedula, en que se inserta el articulo VIII del concordato, ajustado entre esta corte, i la Santa Sede el año de mil setecientos trienta i siete; i la nueva instruccion, que para su puntual observancia se ha formado ultimamente en este año de 1760. El rey. Por quanto se puso en mi noticia el atrasso en que se hallaba la observancia del articulo octavo del concordato... Dada en Buen Retiro a veinte i nueve de junio de mil setecientos i sesenta. Yo el Rey. Por mandado del Rey nuestro señor. Don Joseph de Rivera. Es copia de la Real Cedula, expedida para la observancia del articulo VIII del concordato del año de 1737 que original queda con los papeles de la Secretarìa del Consejo de Hacienda ¶ En cuya consequencia mandè despachar la presente, por la qual prevengo, i mando a dicha justicia, cumpla, y egecute lo contenido en dicha Real Cedula... Dado en en la ciudad de Orense a [nueve] dias del mes de [septiembre] de mil setecientos i sesenta [Francisco xavier de Chuecos i Monzon] <rúbrica>. Por mandado del señor corregidor de Orense [Jose...] <rúbrica> por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1760.
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El distinguido, y respetable cuerpo de los ministros, y de que se componen los tribunales, que tengo establecidos dentro, y fuera de la corte, me ha merecido en todos tiempos una particular atencion, como que tengo depositada en ellos la jurisdiccion, y assegurada en su prudencia, juicio, y literatura la recta administracion de justicia a mis cassallos, y conservacion de los derechos y regalìas de mi corona. Y enterado de la cortedad de sueldos, que en lo general gozan, y deseando, que ningun motivo pueda desviarlos, ni interrumpirlos de un tan grande, y digno objeto como en de su instituto: He resuelto dotarlos proporcionadamente (sin embargo de los atrasos de la corona, y de los crecidos gastso, que ha ocasionado la guerra) para que puedan mantenerse con la decendia y authoridad que corresponde al ministerio... y comunicareis copia de este Real Decreto, y Plan, que acompaña, à los Consejos de Castilla, Indias, Ordenes, y Hacienda, a la Thesoreria General, y à las chancillerias, y audiencias, para su inteligencia, y cumplimiento, en la parte que à cada uno toca. En el Pardo á [doce] de Enero de 1763. = Al Marquès de Squilace por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1763.
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Real Instruccion, y reglamento general, que S. M. manda observar en la nueva iluminacion de faroles uniformes que han de servir al pùblico en todas las calles, y plazas de Madrid, por los seis meses de invierno, desde primero de octubre, hasta fin de marzo de cada año. En consequencia del Real Decreto de S. M. expedido en este dia, sobre el establecimiento de una nueva iluminacion de la corte, que ha de empezar en primero de octubre de este año, se ha dignado aprobar los articulos siguientes, para que, conforme à ellos, se govierne este ramo de policía... Palacio treinta de marzo de mil setecientos sesenta y cinco. El Marquès de Grimaldi. Es copia del original, que se halla en la secretaria de estado por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1765.
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Don Carlos por la gracia de Dios, rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Jerusalèn, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia... a los de mi Consejo, presidentes, y oidores de las mis Audiencias, y Chancillerias... Sabed, que por el fiscal de mi Consejo se hicieron presentes en el los inconvenientes, que resultaban de la practica introducida en las recusaciones vagas, que se proponian voluntariamente por los interesados en los respectivos juicios ordinarios...Y habiendose visto en el mi Consejo este asunto, y tratadose con la madurez, y reflexion que pide, reconociendo su importancia, y la necesidad de providencias sobre ello su remedio, proveyò el auto del tenor siguiente. En la villa de Madrid a trece de mayo de mil setecientos sesenta y seis, los señores del Consejo de S. M. dixeron: que para evitar los graves perjuicios, que se experimentan, por la facilidad, y buso de admitirse en los juzgados ordinarios de estos reynos recusaciones vagas de abogados asesores, dilatando por este medio malicioso la breve expedicion de las causas... Y para que se cumpla en todos mis reynos inviolablemente esta providencia, se acordò expedir esta mi carta: por la qual os mando à todos, y cada uno de vos en los dichos vuestro lugares, distritos, y jurisdicciones, segun dicho es, que luego que la recibais, guardeis, cumplais, y egecuteis el citado auto-acordado inserto... Dada en Aranjuèz à veinte y siete de mayo de mil setecientos sesenta y seis. Yo el Rey.... Es copia del original, de que certifico. Don Ignacio Esteban de Higareda por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., ca. 1766.
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Don Carlos, por la gracia de Dios, rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Jerusalèn, de Navarra, de Granada... A los de el nuetro Consejo, presidentes, y oìdores de las nuestras audiencias, y chancillerìas, corregidores, asistente, gobernadores, alcaldes mayores... Sabed, que por parte de los reverendos obispos, y de los venerables deanes y cabildos de las Santas Iglesias de Malaga y Tortosa se acudiò al nuestro Consejo por recurso de fuerza de los autos y procedimientos del Licenciado Don Francisco Saenz de Viniegra... Por la qual mandamos veais la citada nuestra real resolucion, y la observeis, y hagais observar à la letra en los casos que previene, arreglandolos à su tenor y forma, segun y como en ella se contiene, sin contravenirla en manera alguna, y que por el nuestro Consejo se expidan, para su puntual observancia y cumplimiento, todas las ordenes y provisiones, que sean necesarias y convenientes... Dada en Madrid à veinte y uno de junio de mil setecientos sesenta y seis... Es copia del original, de que certifico por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1766.
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Consulta Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l., 17--.
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Defensa th[eologi]ca. y canonica del R. P. Mro. Fr. Ant. Garces relig. dominico : defensa de resolucion de la consulta, que escrivio en el agosto de 1763 probando, que son usurarios los contratos de dar dinero a ganancia, assegurando a esta y al capital sin negociar a trato de comp. con peligro del capital, y de la ganancia, aunque alguno le llamen censo personal redimible de ambas partes, aunque señalen tiempo, como 4 o mas años, en que no se obliguen a pedir el capital, o no señalando tiempo, y aunque le llamen trato trino, implicito o explicito y aunque le den otros nombres, que no le sacan de ver verdadero mutuo como en la citada consulta explique, y declarare mas en esta defensa, satisfaciendo a las dudas, que han ocurrido contra mi dictamen... Este es mi dictamen en Sto. Thomas de Madrid 25 de enero de 1764. Fr. Anto. Garces Mro. de tha. por Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l., 1764.
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