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[Decreto emanado por Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado de Oaxaca, á todos sus habitantes, sabed: que el supremo gobierno ha expedido el decreto que sigue: Ministerio de Justicia, Negocios Eclesiásticos é Instrucción Pública. El Escmo. Sr. presidente sustituto de la República Mexicana, se ha servido dirigirme el decreto que sigue: Ignacio Comonfort, presidente sustituto de la República Mexicana, á los habitantes de ella, sabed: que: Considerando que la ley sobre sucesiones por testamento y abintestado de 2 de mayo del presente año, contiene disposiciones, de las cuales se ha creido conveniente al interes público reformar unas y suprimir otras ... Oaxaca, enero 30 de 1868 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : s.n.], 1868.
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Decreto emanado por Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado de Oaxaca, a todos sus habitantes, sabed: que el supremo gobierno ha expedido el decreto que sigue: Ministerio de Justicia, Negocios Eclesiásticos e Instrucción Pública. El Escmo. Sr. presidente sustituto de la República Mexicana, se ha servido dirigirme el decreto que sigue: Ignacio Comonfort, presidente sustituto de la República Mexicana, a los habitantes de ella, sabed: que: Considerando que la ley sobre sucesiones por testamento y abintestado de 2 de mayo del presente año, contiene disposiciones, de las cuales se ha creido conveniente al interés público reformar unas y suprimir otras; y en uso de las facultades que me concede el art. 3° del plan proclamado en Ayutla y reformado en Acapulco he tenido a bien declarar, que no subsiste para lo futuro la citada ley y decretar en lu lugar la siguiente: ley de sucesiones por testamento y abintestato... Son copias que certifico. Oaxaca, enero 30 de 1868 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : s.n.,] 1868.
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Decreto emanado por el presidente de la República Lic. Benito Juárez. Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. Sección primera.- justicia. El ciudadano gobernador del Estado, ha servido dirigirme el decreto siguiente: Felix Diaz, general de brigada, y gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que por el ministerio de justicia e instrucción pública, se me ha comunicado el siguiente decreto: Ministerio de Justicia e Instrucción Pública.- Sección 1°. El ciudadano presidente de la República se ha servido dirigirme el decreto que sigue: Benito Juárez presidente constitucional de los Estados Unidos mexicanos, a todos sus habitantes, sabed: que el congreso de la Unión ha tenido a bien decretar lo siguiente: El congreso de la Unión decreta la siguiente ley orgánica de los artículos 101 y 102 de la Constitución. Capítulo I. Introducción del recurso de amparo y suspensión del acto reclamado. Artículo 1° Los tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite: i. Por leyes o actos de cualquiera autoridad, que violen las garantías individuales... Patria y libertad. Oaxaca, febrero 17 de 1869 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : s.n.,] 1869.
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Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 8. El congreso séptimo contitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Artículo único. El gobierno del Estado puede llevar por sí la correspondencia oficial con los de los otros Estados, RR. obispos, provisores, comandantes generales, comisarios de la federación y regente de la corte de justicia, siempre que las comunicaciones no envuelvan órdenes o providencias de que habla el art. 149 de la constitución... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca, a 9 de noviembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 10 de noviembre de 1847 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1847.
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