000 015370000a22001810004500
035 _a205
041 0 _aspa
100 1 _aLeón y Loyola, Antonio de, 1794-1847
245 1 0 _aDecreto emanado por Antonio de León, general de brigada, gobernador constitucional y comandante general del Departamento de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que la Honorable Asamblea del mismo se ha servido decretar lo siguiente. La asamblea departamental de Oaxaca, en uso de las facultades que le concede el art. 134 de las bases orgánicas, y entre tanto se ocupa del arreglo definitivo del ramo de capacitación en el Departamento, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° El real de capacitación que por el supremo decreto de 7 de abril de 1842 está mandado pagar a todo varon de edad de 16 a 60 años, su esacción se comete en la capital, desde el presente mes de agosto, al Escmo. ayuntamiento de la misma, por medio de sus cuatro regidores jueces de policía... Por tanto, mando se imprimía, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Oaxaca, agosto 31 de 1844
260 _aOaxaca : 1844.
300 _a8 p. ; 20 cm.
500 _aTexto a renglón seguido
501 _a119 obras
650 1 0 _aDerecho civil
852 _aUniversidad Autónoma "Benito Juárez" de Oaxaca, Biblioteca Francisco de Burgoa, Colección Lic. Benito Juárez García 8249-Fffff
942 _cBURBEN
943 _gUniversidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García
999 _c1121195
_d1121195