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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 19.- El congreso noveno constitucional del Estado libre de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Se eleva al rango de pueblo la ranchería del barrio del Rosario, situada en las inmediaciones de Putla, partido de Juxtlahuaca, con el nombre por el que es conocida... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 16 de agosto de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, agosto 19 de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, agosto 19 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 21. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Los alcaldes de las cabeceras de partido judicial sustituirán, con arreglo al decreto de 23 de mayo de 1826, a los jueces de primera instancia de sus partidos en los casos de enfermedad, impedimento o ausencia; entendiéndose que la cabecera del partido foráneo es la villa de Santa María Oaxaca... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 23 de agosto de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, a 24 de agosto de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, agosto 24 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 22. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo sigue. Artículo único. Se admite al ciudadano licenciado Francisco Enciso la renuncia que hace de la magistratura suplente que sirve en la corte de justicia del Estado. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado, y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 24 de agosto de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 26 de agosto de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, agosto 26 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 23. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Habrá una escribanía pública de número en cada uno de los partidos, y en la capital tantas cuantos protocolos pertenezcan legalmente al Estado... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 27 de agosto de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, agosto 28 de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, agosto 28 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 24. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se legalizan los cursos de teórica y práctica ganados por el ciudadano Santiago Cruz en la carrera del foro... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado, y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 28 de agosto de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 29 de agosto de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, agosto 29 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 26. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. La tesorería general del Estado pagará al ciudadano Manuel Ortega Reyes el sueldo de secretario de la junta superior de sanidad, desde el día que tomó posesión de su empleo, aún cuando con posterioridad haya recabado y requisitado su despacho. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 30 de agosto de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 31 de agosto de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, agosto 31 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 29. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se aprueba la resolución que dió el gobierno a la solicitud del ciudadano José María Cházari, mandando que la tesorería le abonara el sueldo íntegro de fiscal propietario de la corte de justicia, cuyo empleo sirvió provisionalmente. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 6 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 7 de septiembre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 7 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 32. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se habilita de edad a D. Francisco Loaeza para que pueda administrar sus bienes sin la intervención de curador, perdiendo por esta gracia el privilegio concedido a los menores en aquel caso. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 11 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, a 12 de septiembre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 12 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 33. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Si por la actual epidemia del cólera, u otras circunstancias de los pueblos, no pudiere el gobierno ejecutar el decreto núm. 18 sobre escuelas normales, formará un expediente instructivo sobre las dificultades que pulsare, y con él dará cuenta al congreso en sus sesiones ordinarias de 1851, indicando las reformas que juzgue convenientes. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado, y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 13 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 14 de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 14 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 36. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que siguiente. Art. 1° Cuando sean suspensos de sus funciones conforme a derecho, los ministros de la corte de justicia y los jueces y asesores, disfrutarán desde el día de la suspensión, hasta el en que se pronuncie sentencia definitiva, de una tercera parte del sueldo que le hayan señalado las leyes. En el caso de que la sentencia sea absolutoria, se les mandará reintegrar por los jueces respectivos, las dos terceras partes del sueldo que dejaron de percibir; pero si aquella fuere condenatoria o se sobreseyere en la causa, los tribunales correspondientes declararán la parte del sueldo de que deban ser reintegrados, sin perjuicio de las otras penas a que se hayan hecho acreedores... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 18 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 19 de septiembre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 19 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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