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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 29. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se aprueba la resolución que dió el gobierno a la solicitud del ciudadano José María Cházari, mandando que la tesorería le abonara el sueldo íntegro de fiscal propietario de la corte de justicia, cuyo empleo sirvió provisionalmente. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 6 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 7 de septiembre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 7 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 32. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se habilita de edad a D. Francisco Loaeza para que pueda administrar sus bienes sin la intervención de curador, perdiendo por esta gracia el privilegio concedido a los menores en aquel caso. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 11 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, a 12 de septiembre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 12 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 33. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Si por la actual epidemia del cólera, u otras circunstancias de los pueblos, no pudiere el gobierno ejecutar el decreto núm. 18 sobre escuelas normales, formará un expediente instructivo sobre las dificultades que pulsare, y con él dará cuenta al congreso en sus sesiones ordinarias de 1851, indicando las reformas que juzgue convenientes. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado, y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 13 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 14 de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 14 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 36. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que siguiente. Art. 1° Cuando sean suspensos de sus funciones conforme a derecho, los ministros de la corte de justicia y los jueces y asesores, disfrutarán desde el día de la suspensión, hasta el en que se pronuncie sentencia definitiva, de una tercera parte del sueldo que le hayan señalado las leyes. En el caso de que la sentencia sea absolutoria, se les mandará reintegrar por los jueces respectivos, las dos terceras partes del sueldo que dejaron de percibir; pero si aquella fuere condenatoria o se sobreseyere en la causa, los tribunales correspondientes declararán la parte del sueldo de que deban ser reintegrados, sin perjuicio de las otras penas a que se hayan hecho acreedores... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 18 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 19 de septiembre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 19 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 38. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° En los casos que un reo sentenciado a la pena capital solicitare la gracia del indulto, se suspenderá la ejecución de la sentencia, y la corte de justicia remitirá inmediatamente la causa a los jueces de primera instancia del domicilio del reo y del partido en que este residia al tiempo de perpetrar el crímen, para que reciban una información en los términos que previene el decreto expedido por el gobierno general en 8 de febrero de 1842, debiendo ser exsaminado en esta segunda información el alcalde de la cárcel en que aquel ha estado preso. Estas informaciones se recibirán de preferencia y se devolverán a la corte de justicia quien, sin otro trámite, las pasará al gobierno para que este las remita inmediatamente al congreso... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 19 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, a 20 de septiembre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 20 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 39. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se concede al ciudadano Lic. Manuel Posada un sobresueldo de veinticinco pesos mensuales por todo el tiempo que con el carácter de ministro suplente sirvió en la corte de justicia del Estado. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado, y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 21 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 23 de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 23 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 40. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Es ministro propietario de la corte de justicia el ciudadano licenciado Manuel Iturribaria, por renuncia admitida al ciudadano José María Nuñez... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 21 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 23 de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 23 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 41. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se derogan los artículos 2°, 4°, 15, 16, 23, 24, 25, 31, 41, 42 y 43 del arancel publicando en 4 de octubre de 1849, y se sustituyen con los siguientes: 2° Por el examen de testigos fuera del juzgado, llevarán los jueces seis reales, y siendo dentro, cuatro reales, sean cuales fueren las preguntas que se hagan... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 23 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 24 de septiembre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 24 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 42. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Se conocerá en juicio verbal: Primero. Del delito de heridas graves por accidente... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 23 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 24 de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 24 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 44. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° El gobierno formará dos proyectos de códigos, uno penal y otro de procedimientos, y los iniciará a la cámara de diputados a la brevedad posible... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 25 de septiembre de 1850... Por tanto mando, se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 26 de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 26 de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo que sigue. Decreto núm 45. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se permite la extracción del cadáver de Da. Ana Marí Harouard del panteon de esta ciudad, cuando cumpla tres años de sepultado, practicándose este acto en tiempo que no sea de epidemia y con las precauciones higiénicas que sean necesarias... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 30 de septiembre de 1850... Por tanto mando, se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, a 1° de octubre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, octubre 1° de 1850 por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo que sigue. Decreto núm 46. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Son legales los cursos preparatorios de la carrera del foro ganados por los alumnos D. José Flavio Maldonado, D. Joaquín Ortiz, D. Porfirio Díaz y D. José Blas Santaella... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 30 de septiembre de 1850... Por tanto mando, se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 1° de octubre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, octubre 1° de 1850. por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 47. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Para la ejecución del decreto núm. 42 de 21 de septiembre de 1849, la tesorería general se arreglará a los padrones del año de 1842 que regian en 1845, rebajando a todos aquellos individuos que las juntas calificadoras no consideraron como contribuyentes de capacitación. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 30 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 1° de octubre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, octubre 1° de 1850. por Idioma: Español
Detalles de publicación: Oaxaca : 1850.
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