Resultados
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Por Pedro Porta de la ciudad de Caller con la ciudad de Yglesias del reyno de Cerdeña. El hecho que resulta del processo de la ciudad de Yglesias, con Pedro Porta es, que Pedro Porta natural de la ciudad de Caller en el Reyno de Cerdeña, compró en el año de 1603 de su Magestad por precio de tres mil libros, los faltos, o territorios de Franciros, vulgarmente llamados de Taulada: de los quales, el Conde de Elda Virrey entonces de aquel Reyno, y don Onofre Fabre y Hijar Procurador Real en 8 de Março del dicho año de 1603. le diero[n] la investidura, en virtud de la qual tomo dellos possession: y por razon della, y del dominio util que con la dicha compra se adquirio, prohibio a los naturales y habitadores de la dicha ciudad de Yglesias, el poder apacentar ganado en los dichos faltos. A lo que se opuso la Universidad de Yglesias
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
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5008.
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Por Don Pedro de Salazar Isla de la Peña, y demas consortes con Don Francisco de Vega, por si, y como marido de Doña Teresa Cossio de la Hoz, y demàs denunciadores sobre que la sala se deve servir, no solamente de absolver, y dar por libres llanamente al dicho Don Pedro, y demàs consortes de la injusta è injuriosa querella, y acusacion que se ha dado contra ellos, sobre el testamento, y ultima disposicion de Doña Ines Maria Cossio de la Hoz, su muger que fue del dicho Don Pedro, y hermana de la dicha Doña Teresa. Sino que administrando justicia (con la entereza que acostumbra siempre) se ha de servir de proceder à castigar al dicho Don Francisco, à los testigos de quien se ha valido, y demàs personas que huvieren intervenido en el tratado, y execucion de dicha querella, y acusacion, con la severidad, y rigor que pide el caso, para que a un mismo tiempo tengan ellos el justo castigo que merecen, y los querellados la justa, y publica fatisfaccion que se les deve dar de tan grande y tan p
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
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5009.
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5010.
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5011.
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En el pleyto, y causa criminal que ante nos ha pendido, y pende entre partes, el promotor fiscal de este Arçobispado, actor querellante, contra el Doctor D. Alonso Ortiz de Oraa, y Arevalo, uno de los curas del sagrario de la Santa Iglesia Cathedral Metropolitana de esta ciudad: sobre averse querellado dicho promotor fiscal, principalmente que dicho reo acusado, despues de cuatro meses, poco mas ò menos, que con ordenes, y cedulas reales de su Magestad....estavamos governando esta Santa Iglesia, y Arçobispado, quiso resumir el govierno, que avia tenido dél, y surrectisiamente hizo actos judiciales, y otros cassos, y excessos, de que assimesmo le acusò, que se reducen à los capitulos de esta nuestrra sentencia, en la ciudad de Mexico, à tres dias del mes de septiembre de mily seiscientos y sesenta y tres años. El illustrissimo señor Don Diego Ossorio, de Escobar y Llamas...
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
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5012.
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En el pleyto que V.M. tiene visto, entre el capitan Iuan Bautista Ruyz Gamonal, y Doña Madalena de Angulo su muger, de la una parre, y el fiscal Ramirez, y los testamentarios del Cardenal Quiroga, de la otra: sobre la remission y perdon que el dicho Cardenal les hizo, del alcance de la mayordomia de Toledo: para quen se entienda, que la justicia esta por parte del dicho Iuan Bautista Ruyz, y Doña Madalena de Angulo su muger: y que las sentencias contra ellos dadas se deven revocar, mandando se les buelvan y restituyan los bienes que por el dicho alcance les han sido executados
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1600.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
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5013.
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Que al dicho prebendado que resignò la prebe[n]da, no le deve la Iglesia pagar otra cosa, que los dichos trezientos reales de salario, que ultimamente sabida la resignacion le señalo, por la assistencia que yva prosiguiendo en Roma, y començò a correr el dicho salario, desde el dia que su santidad hizo la gracia, y se dio el consentimiento en la camara, en la dicha resignacion, porque desde entonces perdio el titulo, possession, propriedad, y frutos el dicho resignante, lo qual se prueva dividiendolo en los fundamentos siguientes, Dado en Madrid , mayo 30 de 1626
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: Madrid : s.n., 1626.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
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5014.
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[ Preguntase un cavallero destos reynos casò con una señora de quien tuvo hijos, eralo de un titulo, murio su padre, tomò la possesio[n] de los bienes como heredera delllos, y de sus estados, moviero[n]le pleyto, fue condenada por autos de vista y revista en la restitucion de los estados, desposseyeronla si bien tiene suplicado con las mil y quinientas, y està pendiente: mientras vivio gozaron marido y muger del Titulo de Señoria, murio, bolviose a casar su marido otra y tercera vez, algunos le llaman Señoria, teniendo memoria del Titulo que posseyò por su muger, reparan otros, o ya por no incurrir en las penas legales, o ya porque el regatear cortesia es perdida juzga[n]dola por tal, quando la dan, y por otros respetos, se dessea saber lo que el derecho dispone, y que se deve guardar.
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1700.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
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El real fisco, y el señor licenciado D. Geronimo de Camargo fiscal del Cosejo Real de Indias. Con Don Antonio Gomez Davila Marques de San Roman, sobre la confirmacion del titulo de las encomiendas de Cuiseo, San Juan de Guetamo (que suponen aver sido del señor Marques de Salinas Don Luis de Velasco, preside[n]te que fue deste consejo), y de Santiago de Tecali (que fue de Doña Mariana de Ibarra, nuera del dicho señor Marques) despachado por el Marques de Cerralbo, virrey de la Nueva-España, en 5 de mayo del año passado de 1635 en favor del dicho Marques de San Roman, como marido de la Marquesa Doña Juana Maria de Ibarra, y Velasco su muger, difunta
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1635.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
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5020.
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Relacion de la casa, estado, y mayorazgos del condado de Alva de Aliste, con las facvltades reales para sus fundaciones, clausulas, y llamamientos, y de lo sucedido en el pleito que sobre dicha casa, y sus mayorazgos se ha tratado, y trata entre el Marques de Tavara Don Antonio Pimentel difunto, y el Marques Don Enrique Pimentel su hijo, y Don Enrique, y Don Fadrique Enriquez de Guzman septimo y octavo Condes de Alva, y Don Luis Enriquez de Guzman noveno Conde de Alva, y segundo de Villaflor, desde 22 de enero de 1605 que empeçò, hasta este presente año de 1658
Tipo de material: Texto; Formato:
impreso ; Forma literaria:
No es ficción Idioma: Español
Detalles de publicación: s.l. : s.n., 1658.
Disponibilidad: No hay ítems disponibles.
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